ORDEN PRE/1230/2020, de 11 de noviembre, por la que se modifica la Orden PRE/690/2020, de 23 de julio, por la que se determina parcial y definitivamente la cuantía que corresponde a cada entidad local en el fondo de cooperación económica local general para el año 2020., - Boletín Oficial de Castilla y León, de 16-11-2020
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Ambito: Castilla y León
Órgano emisor: CONSEJERIA DE LA PRESIDENCIA
Boletín: Boletín Oficial de Castilla y León Número 238
F. Publicación: 16/11/2020
Por Orden PRE/690/2020, de 23 de julio, se determina parcial y definitivamente la cuantía que corresponde a cada entidad local en el fondo de cooperación económica local general para el año 2020.
De acuerdo con los resuelvo quinto, séptimo y noveno de la mencionada Orden PRE/690/2020, la cantidad que perciban con esta resolución los municipios con población superior a 1.000 habitantes e inferior o igual a 20.000 habitantes, los municipios con población superior a 20.000 habitantes y las provincias del Fondo de cooperación económica local general deberán destinarla a inversiones cuya finalidad sea el cumplimiento de alguno de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de Naciones Unidas enmarcados en la Agenda 2030.
El resuelvo décimo de la citada Orden PRE/690/2020 establece las normas por las que se regirán las cantidades que deban destinarse a inversiones cuya finalidad sea el cumplimiento de alguno de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de Naciones Unidas enmarcados en la Agenda 2030.
De acuerdo con lo establecido en la letra e) de dicho resuelvo décimo, la entidad local beneficiaria deberá presentar hasta el día 16 de noviembre de 2020, certificado expedido por la Secretaría de la misma que acredite la contratación o resolución por la que se acuerde la ejecución directa por la propia Administración de los proyectos de inversión financiados con cargo a este Fondo de cooperación económica local general. Y en su segundo párrafo, se contempla posibilidad de ampliación de dicho plazo por parte del Director de Administración Local, de forma excepcional y previa solicitud de la entidad local interesada, sin superar en ningún caso la anualidad de 2020.
Ante las circunstancias excepcionales de este año, resulta necesario ampliar el plazo máximo de presentación del certificado que acredite la contratación o resolución por la que se acuerde la ejecución directa por la propia Administración de los proyectos de inversión financiados con cargo al Fondo de cooperación económica local general.
En su virtud, a propuesta de la Dirección de Administración Local, y en uso de las facultades que me confiere la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,
ORDENO
Artículo único. Modificación de la Orden PRE/690/2020, de 23 de julio, se determina parcial y definitivamente la cuantía que corresponde a cada entidad local en el fondo de cooperación económica local general para el año 2020.
La Orden PRE/690/2020, de 23 de julio, se determina parcial y definitivamente la cuantía que corresponde a cada entidad local en el fondo de cooperación económica local general para el año 2020, se modifica en los siguientes términos:
Uno.- Se modifica el primer párrafo de la letra e) del resuelvo décimo, que queda redactada del siguiente modo:
e) La entidad local beneficiaria deberá presentar hasta el día 30 de noviembre de 2020, certificado expedido por la Secretaría de la misma que acredite la contratación o resolución por la que se acuerde la ejecución directa por la propia Administración de los proyectos de inversión financiados con cargo al presente Fondo, según el Modelo I que se encuentra disponible para su cumplimentación y presentación en www.tramitacastillayleon.jcyl.es. En todo caso, la adjudicación deberá ser posterior a 1 de mayo de 2020.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente orden surtirá efectos desde el día siguiente a su publicación en Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
Valladolid
2020-11-11
El Consejero de la Presidencia, Fdo.: Ángel Ibáñez Hernando
