Legislación
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ORDEN PRE/2042/2007, de 4 de julio, por la que se modifica el anexo I del Real Decreto 1977/1999, de 23 de diciembre, por el que se establecen los principios relativos a la organizacion de los controles veterinarios sobre los productos procedentes de paises terceros. - Boletín Oficial del Estado, de 11-07-2007

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 11 de Julio de 2007

F. entrada en vigor: 11/07/2007

Órgano emisor: MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 165

F. Publicación: 11/07/2007

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial del Estado Número 165 de 11/07/2007 y no contiene posibles reformas posteriores

El Real Decreto 1977/1999, de 23 de diciembre, por el que se establecen los principios relativos a la organización de los controles veterinarios sobre los productos procedentes de países terceros, incorporó a nuestro ordenamiento la Directiva 97/78/CE, del Consejo, de 18 de diciembre de 1997, por la que se establecen los principios relativos a la organización de controles veterinarios de los productos que se introduzcan en la Comunidad procedentes de países terceros, y la Directiva 97/79/CE, del Consejo, de 18 de diciembre de 1997, por la que se modifican las directivas 71/118/CEE, 72/462/CEE, 85/73/CEE, 91/67/CEE, 91/492/CEE, 91/493/CEE, 92/45/CEE y 92/118/CEE por lo que se refiere a la organización de controles veterinarios de los productos que se introduzcan en la Comunidad procedentes de países terceros.

A fin de prever las necesarias actualizaciones en la normativa comunitaria, con motivo de la adhesión de Rumanía y Bulgaria a la Unión Europea, la Directiva 2006/104/CE, del Consejo, de 20 de noviembre de 2006, por la que se adaptan determinadas directivas en el ámbito de la agricultura (legislación veterinaria y fitosanitaria) con motivo de la adhesión de Bulgaria y Rumanía, ha modificado diversas Directivas, incluida la Directiva 97/78/CE, del Consejo, de 18 de diciembre de 1997, para incluir en el territorio aduanero comunitario a los dos nuevos Estados Miembros.

Mediante la presente Orden se incorpora a nuestro ordenamiento el apartado 13 b) de la parte I del anexo de la Directiva 2006/104/CE, del Consejo, de 20 de noviembre de 2006.

Esta orden se dicta al amparo de la habilitación contenida en la disposición final segunda del Real Decreto 1977/1999, de 23 de diciembre, que faculta a los Ministros de Agricultura, Pesca y Alimentación, de Sanidad y Consumo y de Economía y Hacienda, para que, en el ámbito de sus respectivas competencias, dicten las disposiciones necesarias para la actualización de sus anexos.

En la tramitación de la presente orden han sido consultadas las comunidades autónomas y las entidades representativas de los intereses de los sectores afectados y ha sido informado por la Comisión Interministerial para la Ordenación Alimentaria.

En su virtud, a propuesta de las Ministras de Agricultura, Pesca y Alimentación y de Sanidad y Consumo, dispongo:

Artículo único. Modificación del anexo I del Real Decreto 1977/1999, de 23 de diciembre, por el que se establecen los principios relativos a la organización de los controles veterinarios sobre los productos procedentes de países terceros.

El anexo I del Real Decreto 1977/1999, de 23 de diciembre, por el que se establecen los principios relativos a la organización de los controles veterinarios sobre los productos procedentes de países terceros, se sustituye por el que figura como anexo de la presente Orden.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 4 de julio de 2007.– La Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de la Presidencia, María Teresa Fernández de la Vega Sanz.

ANEXO

«ANEXO I

Territorios

1. Reino de Bélgica

2. República de Bulgaria

3. República Checa

4. Reino de España, excepto Ceuta y Melilla

5. República Federal de Alemania

6. República de Estonia

7. República Helénica

8. Reino de Dinamarca, excepto las Islas Feroe y Groenlandia.

9. República Francesa

10. Irlanda

11. República Italiana

12. República de Chipre

13. República de Letonia

14. República de Lituania

15. Gran Ducado de Luxemburgo

16. República de Hungría

17. República de Malta

18. Reino de los Países Bajos en Europa

19. República de Austria

20. República de Polonia

21. República Portuguesa

22. Rumanía

23. República de Eslovenia

24. República Eslovaca

25. República de Finlandia

26. Reino de Suecia

27. Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.»