Orden PRE/34/2019, de 24 de mayo, por la que se crea el sello electrónico para el ejercicio de actuaciones administrativas automatizadas de realización de copias auténticas de documentos administrativos electrónicos de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Cantabria., - Boletín Oficial de Cantabria, de 04-06-2019
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Copiloto jurídico
Ambito: Cantabria
Órgano emisor: CONSEJERIA DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA
Boletín: Boletín Oficial de Cantabria Número 106
F. Publicación: 04/06/2019
El Gobierno de la Comunidad Autónoma de Cantabria se encuentra actualmente impulsando la transición a un modelo de gestión de sus procedimientos que se base en el expediente íntegramente electrónico, y para ello se apoya en el uso de diversos sistemas de información que, en algunos casos, requieren de la ejecución automatizada de procesos firma electrónica de copias auténticas de documentos administrativos electrónicos emitidos por la Administración General de la Comunidad Autónoma.
La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece en su artículo 42 que cada Administración Pública, en el ejercicio de la competencia en la actuación administrativa automatizada, podrá determinar los supuestos de utilización, entre otros sistemas de firma electrónica, del sello electrónico de Administración Pública, órgano, organismo público o entidad de derecho público, basado en certificado electrónico reconocido o cualificado que reúna los requisitos exigidos por la legislación de firma electrónica.
Por otra parte, en el pasado año se ha aprobado el Decreto 60/2018, de 12 de julio, por el que se regula el régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria en el uso de medios electrónicos en su actividad administrativa y sus relaciones con los ciudadanos, y en su artículo 25 se determina que en aquellos supuestos en los que se requiera la actuación administrativa automatizada, deberán utilizarse sistemas de sello electrónico avanzado basados en certificado electrónico cualificado, o sistemas de sello electrónico cualificado, expedidos por prestadores cualificados.
Por lo tanto, en ejercicio de la habilitación expresa prevista en el artículo 25.4 del referido Decreto 60/2018, de 12 de julio,
DISPONGO
Artículo 1. Creación sello electrónico para copias de documentos.
Se crea el sello electrónico de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el ejercicio de la actuación administrativa automatizada de realización de copias auténticas de documentos administrativos electrónicos emitidos por la Administración General de la Comunidad Autónoma.
Artículo 2. Órgano responsable.
La Dirección General de Organización y Tecnología es el órgano responsable de tramitar la solicitud del correspondiente certificado cualificado de sello electrónico, así como de su implantación, soporte y administración técnica.
Este sello electrónico podrá ser utilizado para la realización de forma automatizada copias auténticas de documentos administrativos electrónicos emitidos por la Administración General de la Comunidad Autónoma, mediante la utilización de sistemas de información implantados y administrados por la Dirección General de Organización y Tecnología.
Artículo 3. Características del sello electrónico.
El certificado de sello electrónico cualificado de copias electrónicas del Gobierno de Cantabria cuenta con las siguientes características:
? Descripción del tipo de certificado, con la denominación de 'sello electrónico':
OU = SELLO ELECTRÓNICO
CN = SELLO COPIAS ELECTRÓNICAS GOBIERNO DE CANTABRIA
? Referencia específica con la denominación completa de la entidad:
C = ES
O = GOBIERNO DE CANTABRIA
SERIALNUMBER = S3933002B
? Número de identificación fiscal correspondiente:
OID.2.16.724.1.3.5.6.2.3 = S3933002B
El sello de la Administración General de la Comunidad Autónoma podrá ser utilizado en las actuaciones automatizadas de aquellos procedimientos en los que se requiera la generación de copias auténticas de documentos administrativos electrónicos emitidos por la Administración General de la Comunidad Autónoma.
Artículo 4. Servicio de validación.
La verificación del certificado de sello electrónico podrá realizarse a través del servicio de verificación de certificados de la dirección: https://valide.redsara.es/valide o de la sede electrónica https://sede.cantabria.es/ apartado 'Verificación de certificados'.
Artículo 5. Publicidad.
La Dirección General de Organización y Tecnología dará publicidad, en el punto de acceso general electrónico del Gobierno de Cantabria (https://sede.cantabria.es), del certificado de sello electrónico, incluyendo las características del certificado electrónico y prestador que lo expide.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
Entrada en vigor
La presente Orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Cantabria.
Santander, 24 de mayo de 2019.
La consejera de Presidencia y Justicia,
Paula Fernández Viaña.
