Orden PRE/94/2020, de 9 de junio de 2020, por la que se crea el sello electrónico de comunicaciones electrónicas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria., - Boletín Oficial de Cantabria, de 17-06-2020
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Ambito: Cantabria
Órgano emisor: CONSEJERIA DE PRESIDENCIA, INTERIOR, JUSTICIA Y ACCION EXTERIOR
Boletín: Boletín Oficial de Cantabria Número 115
F. Publicación: 17/06/2020
Aprobado el Decreto 60/2018, de 12 de julio, por el que se regula el régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria en el uso de medios electrónicos en su actividad administrativa y sus relaciones con los ciudadanos, en su artículo 25 se determina que en aquellos supuestos en los que se requiera la actuación administrativa automatizada de un órgano que tenga atribuida la competencia para llevarla a cabo, deberán utilizarse sistemas de sello electrónico avanzado basados en certificado electrónico cualificado, o sistemas de sello electrónico cualificado, expedidos por prestadores cualificados.
En su artículo 30 se tratan las comunicaciones electrónicas internas. Los órganos de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Cantabria, sus organismos públicos y entidades de derecho público utilizarán medios electrónicos para comunicarse entre ellos y con otras Administraciones Públicas.
Se entiende por comunicaciones electrónicas internas las que se producen, entre los órganos y unidades de una misma Consejería o Consejerías de la Administración General de la Comunidad Autónoma entre sí y de todos éstos con los organismos públicos y entidades de derecho público vinculadas o dependientes de la misma cuando ejerzan funciones administrativas.
Por lo tanto, en ejercicio de la habilitación expresa prevista en el artículo 25 del Decreto 60/2018, de 12 de julio, por el que se regula el régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria en el uso de medios electrónicos en su actividad administrativa y sus relaciones con los ciudadanos,
DISPONGO
Artículo 1. Creación sello electrónico para comunicaciones electrónicas.
Se crea el sello electrónico de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el ejercicio de la actuación administrativa automatizada de realización de comunicaciones electrónicas internas de la Administración de la Comunidad Autónoma.
Artículo 2. Órgano responsable.
La Dirección General de Organización y Tecnología es el órgano responsable de tramitar la solicitud del correspondiente certificado cualificado de sello electrónico, así como de su implantación, soporte y administración técnica.
Este sello electrónico podrá ser utilizado para la realización de forma automatizada de la firma electrónica de los justificantes de las comunicaciones electrónicas internas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, mediante la utilización de sistemas de información implantados y administrados por la Dirección General de Organización y Tecnología.
Artículo 3. Características del sello electrónico.
El certificado de sello electrónico cualificado de comunicaciones electrónicas del Gobierno de Cantabria cuenta con las siguientes características:
? Descripción del tipo de certificado, con la denominación de 'sello electrónico':
OU = SELLO ELECTRÓNICO
CN = SELLO COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS GOBIERNO DE CANTABRIA
? Una referencia específica con la denominación completa de la entidad y, en su caso, del órgano al que identifica, sin que pueda incorporar referencia alguna a personas físicas.
C = ES
O = GOBIERNO DE CANTABRIA
SERIALNUMBER = S3933002B
? Número de identificación fiscal correspondiente.
OID.2.16.724.1.3.5.6.2.3=S3933002B
Una vez efectuada la transmisión de la comunicación electrónica interna (procedimental), el sistema emitirá automáticamente un justificante, incluyendo la fecha y hora de envío y los datos de recepción y validación por el órgano destinatario. Este justificante se archivará informáticamente y se configurará de forma que pueda ser impreso. Este justificante será firmado de forma automatizada por el sello electrónico de comunicaciones electrónicas del Gobierno de Cantabria.
Artículo 4. Servicio de validación.
La verificación del certificado de sello electrónico podrá realizarse a través del servicio de verificación de certificados de la dirección: https://valide.redsara.es/valide o de la sede electrónica https://sede.cantabria.es/ apartado 'Verificación de certificados'.
Artículo 5. Publicidad.
La Dirección General de Organización y Tecnología dará publicidad, en el punto de acceso general electrónico del Gobierno de Cantabria (https://sede.cantabria.es), del certificado de sello electrónico, incluyendo las características del certificado electrónico y prestador que lo expide.
La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.
Santander, 9 de junio de 2020.
La consejera de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior,
Paula Fernández Viaña.
