ORDEN PRI/351/2020, de 14 de abril, por la que se dispone la inscripción de la modificación de los Estatutos del Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Aragón en el Registro de Colegios Profesionales y de Consejos de Colegios de Aragón y su publicación en el 'Boletín Oficial de Aragón'., - Boletín Oficial de Aragón, de 27-04-2020
Ambito: Aragón
Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES
Boletín: Boletín Oficial de Aragón Número 81
F. Publicación: 27/04/2020
Los Estatutos actualmente vigentes del Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Aragón se inscribieron en el Registro de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios de Aragón por Orden de 28 de diciembre de 2015, del Consejero de Presidencia.
El citado Colegio en asamblea general ordinaria de colegiados celebrada el 29 de abril de 2019, conforme al procedimiento indicado en sus Estatutos, ha aprobado una la modificación parcial de los mismos.
El artículo 19 de la Ley 2/1998, de 12 de marzo, de Colegios Profesionales de Aragón, establece que los Colegios Profesionales de Aragón gozarán de autonomía para la aprobación y modificación de sus estatutos, con las limitaciones que establezca el ordenamiento jurídico. Los estatutos aprobados y, en su caso sus modificaciones serán remitidos por el Colegio al Departamento correspondiente del Gobierno de Aragón, cuyo titular, previa calificación de legalidad por el órgano competente del Departamento, ordenará su inscripción en el Registro de Colegios Profesionales y de Consejos de Colegios de Aragón y su publicación en el 'Boletín Oficial de Aragón'.
El Decreto 158/2002, de 30 de abril, por el que se regulan los procedimientos para la creación de Colegios Profesionales y de Consejos de Colegios de Aragón, y la organización y funcionamiento del Registro de Colegios Profesionales y de Consejos de Colegios de Aragón, determina el procedimiento que debe observarse para la inscripción de la modificación de los estatutos en el Registro, habiéndose anunciado un periodo de información pública durante el cual no ha sido presentada alegación alguna respecto a los estatutos modificados.
Corresponden al Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales el ejercicio de las competencias en materia de Colegios Profesionales cuyo ámbito territorial esté comprendido en la Comunidad Autónoma de Aragón, de conformidad con lo dispuesto en artículo 4 del Decreto 5 de agosto de 2019, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, y en el Decreto 6/2020, de 10 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales del Gobierno de Aragón.
Por su parte, en aplicación del procedimiento previsto en el artículo 8 del Decreto 158/2002, de 30 de abril, el Servicio de Régimen Jurídico y Registros de la Dirección General de Interior y Protección Civil, como órgano competente del citado Departamento, ha informado favorablemente sobre la legalidad de la modificación de los indicados Estatutos.
Por cuanto antecede, en virtud de la competencia atribuida al titular del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales en el artículo 19.2 de la Ley de Colegios Profesionales de Aragón, dispongo:
Ordenar la inscripción en el Registro de Colegios Profesionales y de Consejos de Colegios de Aragón de la modificación de los Estatutos del Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Aragón y su publicación en el 'Boletín Oficial de Aragón'.
Los Estatutos mencionados figuran en el anexo de la presente Orden.
Contra esta última, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dicta en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación. Asimismo, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación.
Zaragoza, 14 de abril de 2020.
La Consejera de Presidencia y Relaciones Institucionales,
MARÍA TERESA PÉREZ ESTEBAN

