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ORDEN SAN/1020/2020, de 1 de octubre, por la que se dispone la vacunación de la población de la Comunidad de Castilla y León frente a la gripe y el neumococo., - Boletín Oficial de Castilla y León, de 05-10-2020

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Ambito: Castilla y León

Órgano emisor: CONSEJERIA DE SANIDAD

Boletín: Boletín Oficial de Castilla y León Número 207

F. Publicación: 05/10/2020

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial de Castilla y León Número 207 de 05/10/2020 y no contiene posibles reformas posteriores

La vacunación sistemática de la población a través de calendarios de vacunación y campañas oficiales es una medida de salud pública general adoptada por la Autoridad Sanitaria que indica la administración de una vacuna a la población en general o a determinados grupos por situaciones de riesgo que epidemiológicamente lo aconsejen.

La Ley 33/2011, General de Salud Pública incluye en su artículo 6.4 dentro de la cartera básica y común en el ámbito de la salud pública, el calendario de vacunaciones, y en su artículo 19.2.c) establece que las administraciones públicas impulsarán acciones de prevención primaria como la vacunación.

En la Comunidad de Castilla y León, el IV Plan de Salud, perspectiva 2020, aprobado por Acuerdo 45/2016, de 21 de julio, de la Junta de Castilla y León, tiene entre sus objetivos generales disminuir la incidencia de las enfermedades trasmisibles incluyendo entre sus medidas el impulso de los calendarios y campañas de vacunación.

Asimismo, el artículo 7 letra f) de la Ley 8/2010 de 30 de agosto, de ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León atribuye a la Consejería de Sanidad la realización sistemática de acciones para la prevención de la enfermedad y de los riesgos y amenazas para la salud y, en particular, de acuerdo con el artículo 5 letras a) y c) del Decreto 36/2011, de 7 de julio por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, se atribuye a la Dirección General de Salud Pública, la ejecución del Plan de Salud en su dimensión de salud pública y el ejercicio de las funciones de Autoridad Sanitaria en dicho ámbito.

Por otra parte, la Orden SAN/386/2019, de 15 de abril, por la que se modifica el Calendario Oficial de Vacunaciones Sistemáticas a lo largo de la vida de las personas para la Comunidad de Castilla y León, contempla la vacunación frente a la gripe y el neumococo en los mayores de 60 y 65 años respectivamente.

La gripe es un importante problema de salud, tanto por la mortalidad que puede provocar directa o indirectamente, como por las complicaciones que puede ocasionar y los costes económicos y sociales que origina. La vacunación es la medida más efectiva para prevenir la gripe y sus complicaciones, sobre todo en las personas que tienen un mayor riesgo de sufrir enfermedad grave en caso de adquirirla.

La pandemia por COVID-19 está ocasionado una importante saturación del sistema sanitario. El modo de transmisión y los síntomas del nuevo coronavirus y del virus de la gripe son muy similares. Por tanto, debido a la posible coexistencia durante esta próxima temporada 2020-2021 de la circulación de ambos virus, se hace necesario proteger a los más vulnerables e intentar prevenir también la saturación del sistema asistencial.

El Acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud del 27 de agosto de 2020 declaró como actuaciones coordinadas de salud pública, de acuerdo con lo establecido en el artículo 65 de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema nacional de salud, una serie de medidas relacionadas con la de vacunación frente a la gripe 2020-2021.

Así mismo, de conformidad con las Recomendaciones de vacunación frente a la gripe para la temporada 2020/2021 aprobadas por la Comisión de Salud Pública del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud de fecha 5 de mayo de 2020, la vacunación se realiza como consecuencia de una decisión de la autoridad sanitaria en materia de salud pública, por riesgo epidemiológico y en aras de preservar la salud colectiva y la de las personas con mayor riesgo de desarrollar complicaciones por esta enfermedad, por lo que no requiere diagnóstico ni prescripción previa.

Por todo ello, la Consejería de Sanidad considera necesario disponer el inicio de la vacunación frente a la gripe y neumococo, dar general conocimiento a la población a quien va dirigida favoreciendo la divulgación de la campaña entre dicha población y notificar, a través de la presente orden, el inicio de la misma a todos los responsables de los centros donde se desarrolle la campaña de vacunación y al personal sanitario de los mismos, a los efectos de colaborar en el buen desarrollo y ejecución de la campaña.

En virtud de lo anteriormente expuesto, en ejercicio de las funciones establecidas en el artículo 7 letra f) de la Ley 8/2010 de 30 de agosto, de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León y el artículo 21 letra b) de la Ley 10/2010 de 27 de septiembre, de Salud Pública y Seguridad Alimentaria de Castilla y León y en la condición de autoridad sanitaria reconocida en el artículo 41 de la Ley 10/2010, de 27 de septiembre,

RESUELVO

Primero.- Iniciar la vacunación frente a la gripe y el neumococo de la población general de la Comunidad de Castilla y León a partir del día 13 de octubre de 2020.

Segundo.- La vacunación frente a la gripe se desarrollará atendiendo a las Recomendaciones aprobadas el 5 de mayo de 2020 por la Comisión de Salud Pública del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud; al Acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, adoptado sobre la declaración de actuaciones coordinadas en salud pública en relación con la vacunación frente a la gripe de 27 de agosto de 2020 y de acuerdo con las Instrucciones que para el desarrollo de la campaña de vacunación dicte la Dirección General de Salud Pública en el ejercicio de las competencias de autoridad sanitaria que le corresponden y a las que se dará publicidad a través del portal de salud (http://www.saludcastillayleon.es)

Tercero.- Para las personas incluidas en la población diana las vacunas a emplear en la campaña de vacunación tienen carácter gratuito y su aceptación es voluntaria, si bien la Consejería de Sanidad recomienda la vacunación.

Cuarto.- Los enfermeros y enfermeras administrarán la vacuna frente a la gripe y el neumococo a la población diana cuya vacunación se recomienda de acuerdo con las instrucciones de la Dirección General de Salud Pública, así como con la información técnica y complementaria que dichas Instrucciones incluyan.

Quinto.- Los responsables de los centros donde se desarrolle la campaña de vacunación frente a la gripe y el neumococo y el personal sanitario de los mismos colaborarán en la promoción y ejecución de la campaña de vacunación de acuerdo con las Instrucciones de la Dirección General de Salud Pública.

Valladolid

2020-10-01

La Consejera, Fdo.: Verónica Casado Vicente