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ORDEN SAN/1462/2024, de 4 de diciembre, por la que se establece, para el año 2025, la jornada anual ponderada del personal al servicio de los centros e instituciones sanitarias de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, que presta servicios en turno diurno con jornada complementaria., - Boletín Oficial de Castilla y León, de 13-12-2024

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Ambito: Castilla y León

Órgano emisor: CONSEJERÍA DE SANIDAD

Boletín: Boletín Oficial de Castilla y León Número 241

F. Publicación: 13/12/2024

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Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial de Castilla y León Número 241 de 13/12/2024 y no contiene posibles reformas posteriores

ORDEN SAN/1462/2024, de 4 de diciembre, por la que se establece, para el año 2025, la jornada anual ponderada del personal al servicio de los centros e instituciones sanitarias de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, que presta servicios en turno diurno con jornada complementaria.

El Decreto-Ley 1/2023, de 30 de marzo, por el que se establece la jornada de trabajo de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, regula en el Capítulo III la jornada ordinaria del personal que presta servicios en los centros e instituciones sanitarias del Servicio de Salud de Castilla y León.

El mencionado Decreto-Ley de 30 de marzo, establece que la jornada ordinaria de trabajo en cómputo anual del personal en turno diurno que venga obligado a realizar jornada complementaria en la modalidad de guardias de presencia física será el resultado de aplicar el sistema de ponderación que se establezca por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de Sanidad, sin que, en ningún caso, aquella pueda resultar inferior a 1420 horas anuales. La jornada anual establecida resultará de la realización de 35 guardias al año siempre que no se realicen la víspera de un festivo o la víspera de un día en el que por su turno al profesional le corresponda descansar.
En su virtud, vistas las competencias atribuidas por el artículo 3 del citado Decreto-Ley, al Consejero de Sanidad sobre organización de la jornada ordinaria y calendarios laborales en los Centros e Instituciones Sanitarias de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León así como por el artículo 26.1 f) de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONE

Primero.– Aprobar la tabla, que figura como Anexo a la presente Orden, por la que se fija la jornada ordinaria, para el año 2025, del personal que realiza turno diurno con jornada complementaria, que vendrá determinada en función del número de guardias de presencia física realizadas en el año en periodo nocturno, siempre que no se realicen la víspera de un festivo o la víspera de un día en el que por su turno al profesional le corresponda descansar. Esta tabla producirá efectos desde el 1 de enero de 2025.

Segundo.– Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 8.2 y 14.2 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Igualmente, con carácter previo y potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante la Consejería de Sanidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, según lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Valladolid, 4 de diciembre de 2024.

El Consejero de Sanidad,

Fdo.: Alejandro Vázquez Ramos

ANEXO

Jornada ordinaria del personal que realiza turno diurno con jornada complementaria 2025

GuardiasJornada con Guardias

11529
21526
31523
41520
51516
61513
71510
81507
91503
101500
111497
121494
131491
141487
151484
161481
171478
181474
191471
201468
211465
221461
231458
241455
251452
261449
271445
281442
291439
301436
311432
321429
331426
341423
351420