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Orden SAN/31/2019, de 3 de mayo, por la que se crea el Servicio de Enfermedades Infecciosas, en la Gerencia de Atención Especializada Área I. Hospital Universitario Marqués de Valdecilla., - Boletín Oficial de Cantabria, de 13-05-2019

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Ambito: Cantabria

Órgano emisor: CONSEJERIA DE SANIDAD

Boletín: Boletín Oficial de Cantabria Número 90

F. Publicación: 13/05/2019

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial de Cantabria Número 90 de 13/05/2019 y no contiene posibles reformas posteriores

Actualmente existen en el Hospital Universitario 'Marqués de Valdecilla' diversas unidades funcionales integradas en la unidad funcional de Medicina Interna; así se encuentra, entre otras, la de Enfermedades Infecciosas.

Con el fin de lograr una mejor gestión de los recursos humanos y materiales de estas unidades, se pretende, mediante la presente Orden, modificar esta distribución, para los cual se crea el Servicio de Enfermedades Infecciosas.

Asimismo, se procede mediante la presente Orden a crear el puesto de Jefe de Servicio de Enfermedades Infecciosas en el ámbito de la Gerencia de Atención Especializada Área I: Hospital Universitario 'Marqués de Valdecilla', con el fin de que dirija, coordine, controle y supervise los procesos asistenciales incluidos en su área de actividad, así como la supervisión del personal a su cargo.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.2.c) de la Ley 9/2010 de 23 de diciembre, de Personal Estatutario de Instituciones Sanitarias de la Comunidad Autónoma de Cantabria, previa negociación en el seno de la Mesa Sectorial de Personal de Instituciones Sanitarias de la Comunidad Autónoma de Cantabria,

DISPONGO

Artículo 1. Objeto.

1.- Mediante la presente Orden se procede a la creación del Servicio de Enfermedades Infecciosas en el ámbito de la Gerencia de Atención Especializada Área I: Hospital Universitario 'Marqués de Valdecilla'.

2.- Asímismo, se procede a la creación del puesto de Jefe de Servicio de Enfermedades Infecciosas en el ámbito de la Gerencia de Atención Especializada Área I: Hospital Universitario 'Marqués de Valdecilla'.

Artículo 2. Dependencia y funciones del Servicio.

1.- El Servicio estará integrado por personal estatutario perteneciente a la categoría de Facultativo Especialista de Area de Medicina Interna y dependerá del director médico.

2.- Las funciones del Servicio de Enfermedades Infecciosas son:

a) Diagnóstico y control de enfermedades infecciosas.

b) Optimización de los tratamientos antibióticos que reciben los enfermos.

c) Detección y tratamientno de infecciones oportunistas de los pacientes inmunodeprimidos.

d) Atención de la infección por el Virus de la Inmunodeficiencia Humana (VIH).

e) Apoyo y consejo al resto de Servicios en relación las patologías derivadas de infecciones por microorganismos.

f) Investigación y docencia en el campo propio de enfermedades infecciosas.

Artículo 3. Jefatura del Servicio de Enfermedades Infecciosas.

1.- El puesto de Jefe de Servicio de Enfermedades Infecciosas dependerá del director médico del hospital.

2.- Para el desempeño del puesto de Jefe de Servicio de Enfermedades Infecciosas se deberá estar en posesión del título de especialista en Medicina Interna o el título equivalente que habilite para el ejercicio de la especialidad.

3.- La provisión del puesto de Jefe de Servicio de Enfermedades Infecciosas se llevará a cabo conforme a los criterios y procedimientos establecidos en el artículo 52 de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de Personal Estatuario de Instituciones Sanitarias de la Comunidad Autónoma de Cantabria, y demás normativa de aplicación.

DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA. Plantillas orgánicas.

La Consejería competente de materia de Sanidad, previa propuesta del Servicio Cántabro de Salud, realizará las adaptaciones que procedan, con carácter estructural, en las plantillas orgánicas, con las limitaciones y conforme a las previsiones establecidas en las disposiciones presupuestarias en vigor.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA. Régimen transitorio.

Los facultativos que a la entrada en vigor de la presente Orden, se encuentren ejerciendo funciones en el ámbito de enfermedades infecciosas, pasarán a depender del Servicio de Enfermedades Infecciosas.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el dia siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.

Santander, 3 de mayo de 2019.

La consejera de Sanidad,

María Luisa Real González.