Legislación

ORDEN TSF/58/2021, de 11 de marzo, de modificación de la Orden TSF/56/2021, de 9 de marzo, por la que se garantiza el servicio esencial en todos los centros y empresas sanitarias, sociosanitarias y residencias para las personas mayores públicas y privadas de Cataluña (DOGC núm. 8361, de 10.3.2021)., - Diario Oficial de Cataluña, de 12-03-2021

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Ambito: Cataluña

Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE TRABAJO, ASUNTOS SOCIALES Y FAMILIAS

Boletín: Diario Oficial de Cataluña Número 8363

F. Publicación: 12/03/2021

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Diario Oficial de Cataluña Número 8363 de 12/03/2021 y no contiene posibles reformas posteriores

Vista el Orden TSF/56/2021, de 9 de marzo, por la que se garantiza el servicio esencial en todos los centros y empresas sanitarias, sociosanitarias y residencias para las personas mayores públicas y privadas de Cataluña (DOGC nº 8361 - 10.03.2021)

Visto que la parte convocante ha efectuado una aclaración de la convocatoria de huelga con respecto a su ámbito; en concreto, se precisa que la atención domiciliaria incluye la totalidad de los servicios, tal como se hace constar en el acta de 10 de marzo de 2021;

Visto que el servicio que prestan las empresas o entidades de atención domiciliaria, debe considerarse un servicio de carácter esencial para los intereses generales de la comunidad porque afecta a un colectivo especialmente vulnerable, que depende de la asistencia de terceras personas para garantizar su salud, así como para realizar sus funciones vitales imprescindibles;

Es en atención a la aclaración mencionada sobre el alcance de la convocatoria, que se considera procedente la modificación del artículo 1 de la Orden mencionada en el sentido de incluir un punto 6 sobre atención domiciliaria.

Visto lo que disponen el artículo 28.2 de la Constitución española; el artículo 170.1.i) del Estatuto de autonomía de Cataluña; el artículo 10.2 del Real decreto ley 17/1977, de 4 de marzo; el Decreto 120/1995, de 24 de marzo, de la Generalidad de Cataluña, y las sentencias del Tribunal Constitucional 11/1981, de 8 de abril; 26/1981, de 17 de julio; 33/1981, de 5 de noviembre; 51/1986, de 24 de abril; 27/1989, de 3 de febrero; 43/1990, de 15 de marzo, y 122/1990 y 123/1990, de 2 de julio,

Ordeno:

Artículo 1

Modificar el artículo 1 del Orden TSF/56/2021, de 9 de marzo, por la que se garantiza el servicio esencial en todos los centros y empresas sanitarias, sociosanitarias y residencias para las personas mayores públicas y privadas de Cataluña (DOGC núm. 8361 - 10.03.2021), en el sentido de incluir un punto 6 con el redactado siguiente:

6.- Servicios de atención domiciliaria: se tienen que prestar los servicios urgentes, necesarios e inaplazables.

Artículo 2

Notifíquese la presente Orden a los interesados para su cumplimiento y remítase al Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya para su publicación.

Barcelona, 11 de marzo de 2021

Chakir El Homrani Lesfar

Consejero de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias

(21.070.079)