I Resolución de 11 de marzo de 2026

I. Resolución de 11 de marzo de 2026

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I. Información y asistencia

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1. Actuaciones de información y asistencia.

La prestación del servicio de información y asistencia a los contribuyentes, constituye una línea estratégica para la Agencia Tributaria y facilita un mejor cumplimiento de sus obligaciones tributarias y aduaneras, permitiendo que se dirijan los recursos hacia la lucha frente a las actuaciones defraudatorias.
En el año 2023, se redefinió el modelo de información y asistencia, que fue desarrollado a lo largo de 2024, al haberse incorporado al modelo aplicaciones, herramientas y canales que consiguieron lograr los dos objetivos principales que se buscaron: la centralidad del ciudadano y la omnicanalidad.
En 2025, la atención telefónica continuó avanzando de manera muy significativa al haberse puesto en marcha la atención mediante la concertación de una cita telefónica junto con la atención inmediata mediante llamada saliente en la práctica totalidad de los servicios de información y asistencia existentes en la Agencia Tributaria. Y se han llevado a cabo acciones, especialmente en materia de formación del personal, para asegurar que el ciudadano pueda encontrar la respuesta a su demanda de información, poniendo en marcha un protocolo de calidad dirigido a la evaluación de las atenciones realizadas y la información ofrecida.
También desde 2025 se puede obtener una cita telefónica en el mismo día, con un doble objetivo: aumentar las opciones a disposición del ciudadano y posibilitar que la gestión del tiempo del personal que presta servicios de información y asistencia en la Agencia Tributaria resulte lo más eficiente posible. Y también se cuenta con una interfaz más amigable en la herramienta de chat.
En 2026 se producirá la consolidación última del modelo de información y asistencia, llevándose a cabo los últimos desarrollos informáticos necesarios para contar con todas las herramientas necesarias para prestar la asistencia a los contribuyentes de la manera más eficiente posible, y posibilitando la mejor organización interna de los recursos involucrados en la misma. Entre estos desarrollos, cabe destacar la implantación de la cita presencial en el día, permitiendo al contribuyente obtener cita en el mismo día de la petición, siempre que exista disponibilidad en el servicio demandado.
Además, se incorporará a la Agencia Tributaria personal laboral destinado exclusivamente a prestar servicios en este modelo de información y asistencia, de forma presencial en las oficinas y a través de nuestra atención telefónica. Esta incorporación de personal adicional permite liberar recursos, tanto humanos como materiales, para la dedicación con mayor profundidad a actuaciones de comprobación y de control por parte de la Agencia Tributaria.
En este ejercicio, se continuará el estudio de un posible proyecto a implantar en la Agencia que permita prever la demanda de asistencia que los contribuyentes puedan requerir de la Agencia Tributaria.
En el ámbito censal, tras la puesta en producción del servicio de Censos WEB, que permite asistir al emprendedor, persona física, en el alta de actividades y obligaciones en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores, en el ejercicio 2026 se ampliará este servicio a determinadas modificaciones censales.
En el ámbito de Aduanas e Impuestos Especiales, junto al Informador del Impuesto sobre los envases de plástico no reutilizables y el Informador a la importación, desarrollados en el año 2025, se elaborará durante el ejercicio 2026 el Informador a la exportación, una nueva herramienta virtual destinada a ofrecer apoyo informativo integral en relación con las operaciones de exportación y salida de las mercancías del territorio aduanero de la Unión Europea.
En materia del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte, se trabajará en la puesta a disposición de un Informador del Impuesto de Matriculación que permita informar especialmente sobre las obligaciones de autoliquidación y también sobre los supuestos de exención y no sujeción. En caso de necesitar información adicional, se podrá acceder a un chat atendido por especialistas de las Administraciones de asistencia Digital Integral.
Por otra parte, en 2026 se continuará promoviendo la conversión de Informadores en Asistentes virtuales para facilitar al contribuyente la ágil obtención de respuesta a sus dudas, en concreto, se llevará a cabo la conversión del Informador del Impuesto sobre la Renta de No Residentes.
Para la Campaña de Renta 2025, se mantiene el servicio de asistencia Renta DIRECTA para facilitar la presentación de la declaración de IRPF a determinados contribuyentes que no requieren realizar modificaciones en el borrador de Renta WEB, ampliando el colectivo de potenciales beneficiarios e incluyendo las mismas modalidades de pago que se ofrecen en Renta WEB.
Por lo que se refiere a Renta WEB, se introducirán mejoras en la usabilidad del programa en los paneles de C) Bienes inmuebles, M) Determinación de los gravámenes estatal y autonómico y M) Retenciones y demás pagos a cuenta. Para los contribuyentes que presenten su declaración de IRPF a través de la App de la Agencia Tributaria, para la campaña de Renta de 2025 tendrán, como novedad, la posibilidad de efectuar el pago por Bizum o con tarjeta electrónica.
En lo que respecta a los medios de pago disponibles para cancelar deudas, a lo largo del ejercicio 2026 se prevé que el contribuyente, además de tener la posibilidad de cancelar deudas directamente a través de la Sede electrónica y de la App, mediante cargo directo en cuenta, Bizum o pago con tarjeta de crédito o débito en condiciones de comercio electrónico seguro, tenga a su disposición un abanico de posibilidades de pago mayor cuando interaccione con los servicios de información y asistencia.
Así, junto a las posibilidades ya habilitadas de poder proceder a la cancelación de deudas mediante interacción con los servicios de información y asistencia por canal presencial o telefónico, se habilitará, en cualquiera de los canales anteriormente referenciados, el pago con tarjeta de crédito o débito en condiciones de comercio electrónico seguro en determinados supuestos.
Durante 2025, la Agencia Tributaria ha realizado un esfuerzo muy importante para poner a disposición de los empresarios y profesionales los servicios del Reglamento VERI*FACTU, como, por ejemplo, la remisión, consulta y descarga de registros de facturación por expedidores de facturas. También se ha habilitado en la Sede electrónica un sistema de cotejo de los códigos QR insertos en las propias facturas y una aplicación de facturación de uso gratuito para aquellos empresarios que tengan un proceso de facturación sencillo.
Estos desarrollos se han completado con la publicación de todo tipo de información para los contribuyentes afectados: preguntas frecuentes, vídeos explicativos, guías, etc.
La ampliación del plazo que tienen los obligados tributarios para adaptar sus sistemas informáticos de facturación (SIF) a los requisitos del Reglamento de sistemas informáticos de facturación (RRSIF) hasta enero de 2027 supone que las campañas de difusión y el refuerzo de la información y asistencia prestada en este ámbito, que había comenzado a finales de 2025, se retrasen al segundo semestre de 2026.
Por otra parte, en relación con la finalización del desarrollo reglamentario para la puesta en marcha de la factura electrónica obligatoria en operaciones entre empresarios y profesionales, prevista en el artículo 2 bis de la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas, durante el ejercicio 2026, la Agencia Tributaria deberá realizar las actuaciones consistentes en la tramitación de la orden ministerial a que se refiere la disposición final tercera del actual proyecto de real decreto por el que se establece el régimen jurídico aplicable a la factura electrónica entre empresarios y profesionales y a las plataformas de intercambio de facturas electrónicas y por el que se modifica el reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre.
En concreto, deberán especificarse los elementos técnicos que sean precisos para la adecuada implantación y mantenimiento de la Solución Pública de Facturación electrónica. La regulación de estos aspectos asociados a la factura electrónica y a la información de pagos requerirá trabajos de coordinación y puesta en común de necesidades informativas con otros ministerios implicados en el proyecto, especialmente con el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa y el Ministerio de Industria y Turismo.
De forma adicional al desarrollo normativo y a las definiciones de carácter técnico asociadas al mismo, se deberán definir, planificar y abordar la estrategia de información y asistencia asociada a la Solución Pública de Facturación electrónica, así como las tareas derivadas de la misma.

2. Fomento de la educación cívico-tributaria.

La Agencia Tributaria considera que uno de los puntos de partida para el fomento del cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias y la lucha contra el fraude ha de ser la educación cívico-tributaria, con el convencimiento de que puede servir para incidir en el comportamiento tributario de los futuros contribuyentes. Durante 2026, se seguirán impulsando acciones formativas, tanto en los centros escolares como en los universitarios, con el objeto de fomentar un mejor entendimiento de la necesidad de que toda la sociedad contribuya al sostenimiento del bien común, favoreciendo el desarrollo de nuevos materiales que ayuden en esta tarea.