PreámbuloACUERDO 16/2026, de 26 de febrero
Preámbulo
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En febrero de 2026 amplias zonas de Castilla y León se han visto afectadas por la sucesión de borrascas de alto impacto que han recorrido la península ibérica y que se han manifestado en descensos y ascensos térmicos continuados, nevadas, lluvias intensas y fuertes rachas de viento. Esta conjunción de fenómenos meteorológicos adversos ha provocado un aumento significativo del caudal de numerosos ríos, que han terminado por desbordarse e inundar los espacios colindantes a los cauces. En algunos municipios, la zona inundada ha sido especialmente extensa.
Estas situaciones de emergencias obligaron a las autoridades a mantener activadas las distintas situaciones operativas de los planes autonómicos de protección civil, del Plan Territorial de protección civil de Castilla y León (PLANCAL) y del Plan de protección civil ante el riesgo de inundaciones en Castilla y León (INUNCyL).
Las inundaciones han provocado daños en viviendas y enseres habitacionales, en empresas y negocios, en infraestructuras municipales y redes viarias, así como daños medioambientales, todo lo cual ha alterado de forma significativa la normalidad de las zonas afectadas.
Ante esta situación extraordinaria y excepcional en la que se encuentran muchos municipios de Castilla y León, es obligación de la Junta de Castilla y León, conforme a los principios rectores de las políticas públicas recogidos en el Estatuto de Autonomía, poner en marcha una acción coordinada para atender y ayudar a las personas, empresas e instituciones que hayan sufrido daños personales, materiales, económicos, sociales o de cualquier otra índole, programando, desarrollando y ejecutando actuaciones encaminadas a la recuperación de las zonas afectadas por las inundaciones.
El artículo 70.3 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, establece que cuando un Acuerdo del Consejo de Gobierno afecte a las competencias de más de una Consejería, se aprobará a iniciativa de los consejeros interesados y será propuesto por el de Presidencia y Administración Territorial; referencia que actualmente ha de entenderse hecha al titular de la Consejería de la Presidencia.
En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de la Presidencia, y a iniciativa conjunta de los titulares de las Consejerías de la Presidencia, Economía y Hacienda, Industria, Comercio y Empleo, Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 26 de febrero de 2026, adopta el siguiente
ACUERDO

