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Preambulo Actualización de Pliego de Condiciones y Formulario Técnico para elaboración de Planes de Ordenación Cinegética

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Mediante Resolución 125/2012, de 26 de enero, del Director General de Medio Ambiente y Agua, se aprobó el Pliego de Condiciones y el Formulario Técnico para la elaboración de los Planes de Ordenación Cinegética de los cotos locales y privados de Navarra. Posteriormente, tras la observación de determinadas dificultades en la aplicación práctica de los mismos, se procedió a modificar ambos documentos para su subsanación, mediante Resolución 84/2013, de 15 de febrero, y Resolución 45/2014, de 17 de enero.

Mediante Resolución 211/2015, de 13 de marzo, del Director General de Medio Ambiente y Agua, se aprobó la Modificación del Pliego de Condiciones y Formulario Técnico para la elaboración de los Planes de Ordenación Cinegética en Navarra, aprobados por Resolución 0125/2012, de 26 de enero, del Director General de Medio Ambiente y Agua, por considerar necesario, por un lado, realizar varias aclaraciones en determinados puntos y, por otro, el hecho de hacer hincapié en la necesidad e importancia del trabajo en campo realizado por los técnicos redactores de los POC, ya que tras varios años de aplicación del Pliego anterior se habían detectado carencias en este aspecto.

Debido a diversas actualizaciones incorporadas en la Orden Foral de Vedas de Caza de las temporadas 2015-2016 y 2017-2018, se considera necesario adaptar dichos cambios al Pliego de Condiciones Técnicas Generales para la elaboración de los Planes de Ordenación Cinegética en Navarra.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Foral 17/2005, de 22 de diciembre, de Caza y Pesca de Navarra, y en el Decreto Foral 48/2007, de 11 de junio, que aprueba el Reglamento para su desarrollo.

RESUELVO:

1. Aprobar el Pliego de Condiciones Técnicas Generales para la elaboración de los Planes de Ordenación Cinegética en Navarra según el anexo I.

2. Actualizar los Formularios Técnicos de los Planes de Ordenación Cinegética de Navarra.

3. Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación. Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el orden jurisdiccional competente en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra, en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa. Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución.

4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra. Esta Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 27 de marzo de 2018.- La Directora General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, Eva García Balaguer.