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Preambulo se declaran los días inhábiles a efectos de cómputo de plazos para el año 2026 en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra

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El artículo 30.7 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, atribuye a las Comunidades Autónomas la facultad de fijar, en su respectivo ámbito y con sujeción al calendario laboral oficial, el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos, que también comprenderá los días inhábiles de las Entidades Locales correspondientes a cada Comunidad Autónoma, a las que será de aplicación.

Mediante Resolución 390/2025, de 5 de junio, del director general de Economía Social y Trabajo, se estableció el calendario oficial de fiestas laborales para el año 2026 con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.

Por Resolución 682/2025, de 17 de noviembre, del director general de Economía Social y Trabajo, se determinaron las fiestas locales para el año 2026, con carácter retribuido y no recuperable, en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.

A la vista de las disposiciones citadas y previo informe favorable de la Comisión Foral de Régimen Local, en sesión celebrada el 24 de noviembre de 2025, procede la declaración de días inhábiles, a efectos de cómputo de plazos, para el año 2026.

En consecuencia, a propuesta del consejero de Presidencia e Igualdad, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día dieciocho de diciembre de dos mil veinticinco,

DECRETO: