Preámbulo DECRETO 23/2026, de 11 de marzo, Madrid
Preámbulo
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El Decreto 83/2020, de 30 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se crea el Centro de Innovación Digital de la Comunidad de Madrid, Digitaliza Madrid, y su Consejo Asesor de Transformación Digital, creó el Centro de Innovación Digital de la Comunidad de Madrid, Digitaliza Madrid, y su Consejo Asesor de Transformación Digital, como un instrumento estratégico de la Comunidad de Madrid para impulsar la transformación digital tanto del sector público como del privado.
El preámbulo del decreto exponía que desde el Gobierno de la Comunidad de Madrid se considera imprescindible liderar una estrategia de transformación digital en la que se detecten las necesidades y debilidades existentes, los recursos disponibles para alcanzar las metas que se establezcan, y las medidas para conseguir una Administración pública digitalizada al servicio de los ciudadanos, y se concentren y orienten todos ellos para crear un entorno generador de innovación e impulso digital que, además, facilite la atracción de inversión e impulse al sector privado en su proceso de digitalización, señalando asimismo que para poder alcanzar estos objetivos, el decreto crea el Centro de Innovación Digital de la Comunidad de Madrid, Digitaliza Madrid, configurándose como un instrumento que aunará a profesionales del sector público y privado con el objetivo de buscar las sinergias necesarias para impulsar la digitalización y la innovación en la región y en la propia Administración pública, para el que contará con un Consejo Asesor de Transformación Digital.
Por otro lado, la Estrategia Digital de la Comunidad de Madrid 2023-2026, ha considerado como uno de los ejes para su despliegue el denominado "Madrid, Hub Digital del sur de Europa", en el marco del cual se ha presentado una candidatura conjunta de su Centro de Innovación Digital con otros centros para formar parte de la Red Europea de Hubs de Innovación Digital (EDIH) con el fin de potenciar la computación de alto rendimiento, la ciberseguridad, la inteligencia artificial, otras tecnologías como internet de las cosas (IoT), automatización robótica de procesos (RPA), etc., con el fin de promocionar y elevar la competitividad, especialmente en las PYMES y en las Administraciones públicas.
Además, la Comunidad de Madrid se ha integrado como coordinador en el Consorcio "EDIH Madrid Región", del que forman también parte varias empresas y entidades, dentro del Programa Europa Digital (DIGITAL), programa que canaliza financiación de la UE con el objetivo de acercar la tecnología digital a las empresas, los ciudadanos y las administraciones públicas. En dicho consorcio la contribución del Centro de Innovación Digital está siendo relevante porque coadyuva y apoya los objetivos de la Comunidad de Madrid en su papel de aglutinador de proyectos e iniciativas privadas en este sector.
Una vez creada la Consejería de Digitalización por el Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y la subsiguiente aprobación del Decreto 261/2023, de 29 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Digitalización, el Decreto 16/2024, de 14 de febrero, del Consejo de Gobierno, procedió a modificar el Decreto 83/2020, de 30 de septiembre, para adecuar la adscripción orgánica del Centro de Innovación Digital de la Comunidad de Madrid, Digitaliza Madrid, y de su Consejo Asesor de Transformación Digital, a la nueva organización resultante del Decreto 261/2023, de 29 de noviembre, así como alguna de sus funciones, la asistencia al Centro y la composición de dicho Consejo Asesor.
La experiencia adquirida desde entonces y la consolidación de las competencias de la nueva Consejería de Digitalización, hacen necesaria una reformulación de los dos órganos colegiados creados por el Decreto 83/2020, de 30 de septiembre.
En primer lugar, el Centro de Innovación Digital, que en su funcionamiento ha generado expectativas y sinergias que lo consolidan, más que como un órgano asesor de la Administración Pública, como un centro difusor e impulsor de iniciativas de transformación digital, es decir, en un centro de innovación digital siguiendo el modelo de los demás existentes en el ámbito europeo y nacional, por lo que a partir de ahora pierde su consideración como un órgano colegiado de asesoramiento de la Administración, y se configura como espacio de encuentro entre los distintos actores vinculados a la innovación y transformación digital de la Comunidad de Madrid.
En segundo lugar, se refuerza el Consejo Asesor y se clarifican su composición y funcionamiento, al objeto de dotarle de una estructura más eficaz y dinámica, manteniéndose como un órgano colegiado de asesoramiento a la Consejería competente en materia de digitalización en la estrategia de transformación digital de la Comunidad de Madrid.
En el contenido y tramitación de este decreto se han observado los principios de buena regulación, contenidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 2 del Decreto 52/2021, de 24 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se regula y simplifica el procedimiento de elaboración de las disposiciones normativas de carácter general en la Comunidad de Madrid.
Su adecuación al principio de necesidad viene justificada por razones de interés general, adaptando la regulación del Centro de Innovación Digital de la Comunidad de Madrid y de su Consejo Asesor de Transformación Digital, a las necesidades manifestadas tras la puesta en marcha de la nueva consejería.
El decreto se adecua al principio de eficacia, en la medida en que modifica la configuración del Centro de Innovación Digital de la Comunidad de Madrid y modifica las funciones del Consejo Asesor de Transformación Digital adaptadas a la consejería que asume las competencias en materia de transformación digital, de acuerdo con la nueva atribución de competencias y de estructura orgánica establecidas en los Decretos 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid y 261/2023, de 29 de noviembre, del Consejo de Gobierno.
De la misma manera, este decreto se adecua al principio de proporcionalidad, ya que contiene la regulación imprescindible para garantizar el buen funcionamiento del Centro de Innovación Digital de la Comunidad de Madrid y su necesario entronque con las funciones y competencias encomendadas a la Consejería de Digitalización.
Con el fin de garantizar el principio de seguridad jurídica, la regulación se lleva a cabo mediante norma, que será objeto de publicación. Asimismo, el presente decreto se dicta en coherencia con el resto del ordenamiento jurídico de la Comunidad de Madrid, nacional y de la Unión Europea, generando un marco normativo estable y claro, que facilita su conocimiento y comprensión. Su tramitación se ha ajustado al procedimiento previsto en el Decreto 52/2021, de 24 de marzo.
En cuanto al principio de transparencia, se ha sometido al trámite de audiencia e información pública de conformidad con lo dispuesto en los artículos 60.2 de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid. Asimismo, el decreto será objeto de publicación en el Portal de Transparencia para general conocimiento y control de la actuación pública.
Este decreto se ha tramitado conforme al procedimiento previsto en el Decreto 52/2021, de 24 de marzo. A este respecto, se han emitido los informes preceptivos de coordinación y calidad normativa, de las secretarías generales técnicas de las consejerías, de las Direcciones Generales de Presupuestos y de Recursos Humanos de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, así como los informes de impacto social de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales y de la Abogacía General de la Comunidad de Madrid.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 u) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, del Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, a propuesta del Consejero de Digitalización, previo informe preceptivo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, el Consejo de Gobierno, previa deliberación en su reunión del día 11 de marzo de 2026,
DISPONE
