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PREÁMBULO DECRETO 82/2026, de 5 de junio, C. Valenciana, simplificación de formularios administrativos

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La simplificación administrativa y la mejora de la experiencia ciudadana en su relación con la Administración Pública son objetivos prioritarios en el proceso de modernización de los procedimientos administrativos. Con el fin de reducir la carga burocrática y garantizar la accesibilidad, claridad y eficacia de los formularios administrativos, se hace necesaria la regulación de su contenido, diseño, disponibilidad y uso dentro de la Generalitat.

Uno de los criterios de simplificación administrativa que establece la Ley 6/2024, de 5 de diciembre, de simplificación administrativa es la normalización de los formularios de solicitud, declaraciones responsables, de las comunicaciones, certificaciones y otros documentos con los datos mínimos necesarios para la tramitación de cada procedimiento. Por otra parte, el artículo 68.2.d) de la Ley 8/2024, de 30 de diciembre, de la Generalitat, de accesibilidad universal de la Comunitat Valenciana establece que los procesos administrativos y su documentación deben contar con formularios accesibles, comprensibles y legibles.

El presente decreto establece los principios y requisitos que deben cumplir los formularios, asegurando que sean universalmente accesibles, intuitivos, comprensibles y que minimicen la solicitud de datos ya obrantes en las administraciones públicas. Además, fomenta el uso de tecnologías avanzadas para la precarga y validación automática de datos, promoviendo la interoperabilidad entre administraciones públicas y el uso de asistentes conversacionales para la cumplimentación guiada. También se regulan mecanismos de revisión de los formularios y un sistema de retroalimentación ciudadana para su mejora continua.

Este decreto cumple con los principios de buena regulación que se encuentran recogidos en el artículo 59 de la Ley 1/2022, de 13 de abril, de transparencia y buen Gobierno de la Comunitat Valenciana.

En concreto, cumple con el principio de necesidad, puesto que la simplificación de los formularios administrativos es necesaria como parte de las estrategias de simplificación administrativa de la Generalitat, estando prevista en el artículo 36.8 del Decreto 54/2025, de 15 de abril, del Consell, de simplificación administrativa y transformación digital, que establece que el departamento con competencias en materia de simplificación administrativa aprobará reglamentariamente las características técnicas, de diseño y funcionales de los formularios, en la que se establecerán bloques de información comunes o formularios tipo; asimismo en su disposición final primera establece que dicha disposición se aprobará en el plazo de nueve meses desde la entrada en vigor del citado decreto.

Por otra parte, se cumple el principio de proporcionalidad, puesto que la norma contiene la regulación imprescindible para atender los objetivos que se persiguen, no existiendo otras medidas menos restrictivas o que supongan un menor coste y uso de recursos públicos.

Se cumple también el principio de seguridad jurídica, ya que el contenido del decreto es conforme con el ordenamiento estatal y autonómico en la materia y se dicta con base en la competencia procedimental, del artículo 49.1. 3ª del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana.

Asimismo, se atiende el principio de eficiencia, toda vez que el objetivo de este decreto es contribuir a la simplificación administrativa.

Y, por último, en cuanto al principio de transparencia, durante el procedimiento de elaboración y tramitación se han cumplido los trámites esenciales exigidos en la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, y en la Ley 4/2023, de 13 de abril, de participación ciudadana y fomento del asociacionismo de la Comunitat Valenciana, incluidos los de consulta pública previa, audiencia ciudadana y consulta a las consellerias y se han recogido los informes preceptivos, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 24/2009, de 13 de febrero, del Consell, sobre la forma, la estructura y el procedimiento de elaboración de los proyectos normativos de la Generalitat.

En virtud de lo expuesto, y de las competencias atribuidas en el Decreto 16/2025, de 3 de diciembre, del President de la Generalitat, por el que se determinan el número y la denominación de las consellerias, y sus competencias; de acuerdo con lo que establecen los artículos 18.f, 28.c), 33.1 y 43 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell; a propuesta de la Conselleria de Economia, Hacienda y Administración Pública, con todos los informes preceptivos solicitados, conforme con el Consell Jurídic Consultiu, y con la deliberación previa del Consell, en la reunión del día 5 de junio de 2026,

DECRETO