Preambulo se delegan dete...Territorio

Preambulo se delegan determinadas competencias en los diferentes órganos de la Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio

Ver Indice
»

Preambulo

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



El Decreto 32/2024, de 21 de noviembre, de la Presidencia de la Generalitat ha determinado el número y la denominación de las Consellerias en que se organiza la administración de la Generalitat, asignando a la Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio las competencias en materia de medio ambiente, prevención de incendios, caza, bienestar animal, urbanismo y vertebración del territorio, obras públicas, y transportes, puertos y aeropuertos. Esta norma ha sido completada por el Decreto 35/2024, de 2 de diciembre, del President de la Generalitat, por el que se determinan las secretarias autonómicas de la Administración del Consell que dispone como órganos superiores de la Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio, la Secretaría Autonómica de Medio Ambiente y Territorio y la Secretaría Autonómica de Infraestructuras y Transportes. Mediante el Decreto 173/2024, de 3 de diciembre, del Consell, se estableció la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las Consellerias de la Generalitat.

Ello ha comportado una nueva configuración del ámbito competencial del departamento y de su estructura organizativa. Circunstancias que deben ser tenidas en cuenta en la resolución de delegación que se efectúa.

Además, desde la publicación de la Resolución de 12 de agosto de 2024, por la que se delegan determinadas competencias en los diferentes órganos de la Conselleria, se han observado ciertas vicisitudes que es necesario resolver a fin de dotar de agilidad a la gestión de los asuntos cuya competencia tiene asignada la Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio.

Con la nueva delegación de competencias entre los diferentes órganos de la Conselleria se busca, también, alcanzar un equilibrio en las cargas de trabajo que mejore el ejercicio eficaz y eficiente de las funciones, redundando todo ello en la mejora de la calidad de los servicios dispensados por este Departamento.

En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 28 y 63 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, y en los artículos 9 y 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público,

RESUELVO