Preambulo Función Pública de C La Mancha

Preambulo Función Pública de C. La Mancha

  • Norma derogada, con efectos de 22 de septiembre de 2011, excepto los arts. 10, 11, 19.1, 19.2 y 20, que mantendrán su vigencia con rango reglamentario hasta que entren vigor las normas de desarrollo de la Ley 4/2011, de 10 de marzo.
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EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA

Hago saber a todos los ciudadanos de la Región que las Cortes de Castilla-La Mancha han aprobado la Ley 3/1988, de 13 de diciembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Por consiguiente, al amparo del artículo 12, número 2, del Estatuto de Autonomía aprobado por Ley Orgánica 9/1982, de 10 de agosto, en nombre del Rey, promulgo y ordeno la publicación en el «Diario Oficial de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha» y su remisión al «Boletín Oficial del Estado» de la siguiente Ley.