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Preambulo �nico Constit...EDER y FSE

Preambulo �nico Constitución de dos fondos para la gestión de los instrumentos financieros de los programas FEDER y FSE

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PREÁMBULO

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El artículo 37 del Reglamento (UE) núm. 1303/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (Fondos EIE), y se deroga el Reglamento (CE) núm. 1083/2006, del Consejo, prevé la posibilidad de emplear Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (Fondos EIE) para apoyar instrumentos financieros, previa elaboración de una evaluación ex ante que demuestre la existencia de deficiencias de mercado o situaciones de inversión subóptimas.

Con fecha 22 de julio de 2015, la Comisión aprobó el Programa Operativo FEDER de la Comunitat Valenciana 2014-2020, mediante la Decisión núm. C(2015)5202, previéndose en aquel la posibilidad de apoyar instrumentos financieros con Fondos FEDER en diferentes prioridades de inversión y ejes prioritarios, siempre según los resultados de la correspondiente evaluación ex ante.

Igualmente, con fecha 17 de diciembre de 2015, la Comisión aprobó el Programa Operativo FSE de la Comunitat Valenciana 2014-2020, previéndose en aquel la posibilidad de apoyar instrumentos financieros con fondos del Programa en diferentes prioridades de inversión y ejes prioritarios, siempre según los resultados de la correspondiente evaluación ex ante.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 1 del Acuerdo del director general de Fondos Comunitarios de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos del Ministerio de Hacienda y Función Pública, de fecha 17 de abril de 2017, se ha designado Organismo Intermedio (OI) del Programa Operativo Comunitat Valenciana FEDER 2014-2020 a la Generalitat Valenciana, que tiene naturaleza de Administración pública de carácter territorial y descentralizado, y la representación, coordinación y supervisión de las actividades del Organismo Intermedio a la Dirección General de Financiación y Fondos Europeos (DGFFE).

Asimismo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 1 del Acuerdo de Atribución de Funciones entre la Subdirección General de la Unidad Administrativa del FSE, en representación del Estado miembro, y la Dirección General de Financiación y Fondos Europeos de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico de la Generalitat, de fecha 8 de marzo, se ha designado a esta última Organismo Intermedio del Programa Operativo del FSE de la Comunitat Valenciana 2014-2020.

El artículo 38.4.b.iii del Reglamento (UE) núm. 1303/2013 prevé la posibilidad de que la autoridad de gestión, al apoyar instrumentos financieros creados a nivel nacional, regional, transnacional o transfronterizo, confíe las tareas de ejecución de los mismos a un organismo de derecho público. Por su parte, la Comunicación de la Comisión sobre «orientaciones para los estados miembros sobre la selección de los organismos que ejecutan instrumentos financieros» (2016/C 276/01) permite en su apartado 3.5 la adjudicación directa de la ejecución de un instrumento financiero o de un fondo de fondos a una entidad interna.

El Institut Valencià de Finances (IVF), creado por la Ley 7/1990, de 28 de diciembre, de presupuestos de la Generalitat para 1991, es una entidad de derecho público de carácter empresarial, de las previstas en el artículo 2.3 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones.

Este organismo tiene como finalidad actuar como el principal instrumento de la política financiera del Consell, así como ejercitar competencias en materia de financiación empresarial.

En virtud de lo anterior, la Generalitat, en cuanto organismo intermedio del programa operativo FEDER 2014-2020 y del programa operativo FSE 2014-2020, ha decidido constituir dos fondos de fondos, de acuerdo con la normativa europea prevista al efecto, para la gestión de los instrumentos financieros propuestos para los respectivos programas operativos y confiar la ejecución de los mismos de forma directa al Institut Valencià de Finances.

Las evaluaciones ex ante de los respectivos programas operativos han puesto de manifiesto un claro déficit en la Comunitat Valenciana en los ámbitos de la financiación del emprendimiento y la innovación, especialmente en el segmento de empresas en fases de crecimiento y expansión, así como en las dificultades del acceso al crédito de las personas desempleadas o subempleadas que quieren iniciar una actividad para establecerse por cuenta propia, y se ha definido una estrategia de inversión específica para cada uno de los programa operativos con las que se pretende cubrir las deficiencias de mercado o situaciones de inversión subóptimas detectadas en las referidas evaluaciones ex ante.

Para la cobertura de esta brecha de financiación se requiere la pronta puesta en marcha de diversos instrumentos financieros desde el sector público y con fondos del FEDER y del FSE, lo que requiere contar con una cobertura y estructura jurídica y financiera adecuada, de rápida ejecución, habida cuenta las necesidades a cubrir en nuestro tejido empresarial y las dificultades del acceso al crédito de ciertos colectivos para emprender.

Por otra parte, para cumplir con el marco de rendimiento establecido para los dos programas operativos y no perder recursos financieros de la Unión Europea para la Comunitat Valenciana, al encontrarnos más allá de la mitad del vigente período de programación 2014-2020, se hace necesario llevar a cabo una rápida implementación de los instrumentos financieros previstos, para lo que se requiere su tramitación con carácter de urgencia.

A la vista de lo anterior queda justificada la necesidad y oportunidad de la aprobación de un Decreto Ley para la constitución de dos fondos carentes de personalidad jurídica para la gestión de los instrumentos financieros propuestos en el marco de los programas operativos FEDER y del FSE de la Comunitat Valenciana 2014-2020.

En el título I se desarrolla el Fondo para la gestión de los instrumentos financieros del programa operativo FEDER Comunitat Valenciana 2014-2020, mientras que en el título II se desarrolla el Fondo para la gestión de los instrumentos financieros del programa operativo FSE Comunitat Valenciana 2014-2020.

En su virtud, en uso de la autorización concedida en el artículo 44.4 del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana, a propuesta del conseller de Hacienda y Modelo Económico y previa deliberación del Consell, en la reunión de 1 de diciembre de 2017,

DECRETO

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 14-12-2017 en vigor desde 15-12-2017