Preambulo �nico se esta... de Madrid

Preambulo �nico se establecen las normas reguladoras de Depósito Legal en la Comunidad de Madrid

Ver Indice
»

Preambulo

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



A la Comunidad de Madrid corresponde estatutariamente la competencia en materia de depósitos culturales de interés para la Comunidad que no sean de titularidad estatal, habiendo asumido mediante el traspaso efectuado por el Real Decreto 680/1985, de 19 de abril, las funciones que sobre Depósito Legal venía desempeñando la Administración estatal.

Con el fin de dar cumplimiento a la previsión recogida en el citado Real Decreto 680/1985, y a propuesta de la Consejería de Cultura, este Consejo de Gobierno, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 21.g) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, previa deliberación en su reunión de fecha 29 de diciembre de 1988, dispone: