Preambulo Estructura de ó... de MUFACE

Preambulo Estructura de órganos de gobierno, administración y representación de MUFACE

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El Real Decreto 758/1996, de 5 de mayo, de reestructuración de Departamentos ministeriales, en su disposición final segunda establece que los Organismos autónomos y dem s entes públicos quedar n adscritos de acuerdo con la distribución de competencias establecidas en dicho Real Decreto y en los t'rminos que se determinen en los Reales Decretos por los que se apruebe la estructura org nica de cada uno de los Departamentos ministeriales.

En cumplimiento de tal previsión el Real Decre to 1892/1996, de 2 de agosto, de estructura org nica b sica del Ministerio de Administraciones Públicas, determinó en su artículo 2.5 que: "est adscrita al Ministerio de Administraciones Públicas, a trav's de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, con la naturaleza jurídica, estructura y funciones establecidas en su normativa específica."

Para acomodar la normativa a la situación actual, resulta conveniente redefinir, mediante el presente Real Decreto, el marco jurídico de organización y funcionamiento de la Mutualidad de acuerdo con los criterios de eficacia, racionalización de estructuras y reducción del d'ficit público presentes en los Reales Decretos citados, pero tambi'n con el propósito de mejorar la eficiencia y calidad de la prestación del sistema del Mutualismo administrativo cuya gestión le est encomendada.

Asimismo, se recoge lo establecido en la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional de 18 de mayo de 1991, y confirmado por sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 23 de enero de 1995 sobre la participación de las organizaciones sindicales en el Consejo General de MUFACE.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Administraciones Públicas, previo informe favorable de la Comisión Superior de Personal, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 18 de abril de 1997,

D I S P O N G O :