Preambulo �nico Jornada...icía Foral

Preambulo �nico Jornadas, horarios y retribuciones de la Policía Foral

Ver Indice
»

PREÁMBULO

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Mediante Decreto Foral 79/2016, de 28 de septiembre, se aprobó el Reglamento de Jornadas y retribuciones de la Policía Foral de Navarra.

El decreto foral antedicho fue objeto de cuatro recursos contencioso-administrativos, procedimientos ordinarios 509/2016, 526/2016, 540/2016 y 531/2016, que finalizaron con las correspondientes sentencias estimatorias y declarativas de la nulidad de pleno derecho del Reglamento; sentencias 228/2018, 225/2018, 227/2018 y 226/2018, todas ellas de la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra.

Los pronunciamientos judiciales señalados determinan la nulidad de pleno derecho del Decreto Foral 79/2016 citado por apreciar un vicio meramente formal en su tramitación.

El efecto de la aplicación material de la nulidad de pleno derecho supone que en torno al ochenta por ciento de los miembros de la Policía Foral de Navarra vean disminuidas sus retribuciones complementarias desde 1 de enero de 2016. Se considera desproporcionado el efecto que la aplicación de la nulidad de pleno derecho conlleva sobre la mayor parte de la plantilla de Policía Foral, cuando el vicio apreciado es exclusivamente de forma y no por razón del contenido de la disposición afectada.

La necesidad de evitar causar un importante perjuicio económico sobrevenido que afecte a la mayoría de la plantilla de la Policía Foral, por causas no imputables al citado personal, justifica la aprobación de la presente ley foral.

Por otra parte, mediante Ley Foral 23/2018, de 19 de noviembre, de las Policías de Navarra, se regula una nueva estructura salarial para las Policías de la Comunidad Foral, incorporando conceptos y cuantificaciones porcentuales nuevas.

La disposición final primera de la citada ley foral, establece la obligación de dictar las disposiciones necesarias para su desarrollo reglamentario, entre otras, las referidas a jornadas, horarios y retribuciones del personal de la Policía Foral de Navarra.

Como quiera que tal desarrollo normativo no ha sido efectuado por el momento, asimismo procede dotar de un marco jurídico a esta materia en tanto no se produzca el desarrollo señalado.

A estos efectos se considera adecuado mantener en vigor el contenido del decreto foral anulado hasta que se apruebe la norma que regule las jornadas y retribuciones de la Policía Foral, por ser el último texto consensuado y aprobado al efecto, que si bien adolecía de un defecto formal en su tramitación no se ha declarado contrario a derecho ninguno de sus preceptos materiales.