Preambulo �nico Junta Administradora de Vehículos y Maquinaria del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Preambulo
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Mediante Real Decreto 1823/2011, de 21 de diciembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, se crea el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, atribuyéndole la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de recursos agrícolas, ganaderos y pesqueros, de industria agroalimentaria, de desarrollo rural. Asimismo corresponde a este Ministerio la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de medio ambiente. Y dispone, como órgano superior, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente.
El Real Decreto 401/2012, de 17 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, en su disposición adicional primera, establece la supresión, a la entrada en vigor de los Presupuestos Generales del Estado para 2012, del organismo autónomo Parque de Maquinaria, adscrito a dicho Ministerio a través de la Dirección General del Agua, cuya actividad se venía ejerciendo bajo la coordinación administrativa conjunta de los Subsecretarios de Fomento y de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, según lo dispuesto en la Disposición adicional primera del Real Decreto 1443/2010, de 5 de noviembre, por el que se desarrollaba la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino.
Estas modificaciones que afectan a la composición y al ejercicio de las funciones que tenía encomendadas la Junta Administradora de Vehículos y Maquinaria del suprimido Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, reguladas por Orden de 31 de marzo de 1998, junto con la antigüedad de la disposición que creó este órgano colegiado -Orden de 12 de noviembre de 1949- hacen que se considere conveniente llevar a cabo una nueva regulación de la misma, adecuándola a la nueva estructura departamental con definición de sus funciones.
En su virtud, con la aprobación previa del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas dispongo:
