Preambulo �nico Medidas en materia de función pública como consecuencia de la prórroga presupuestaria
PREÁMBULO
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1. Al no haberse aprobado el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Principado de Asturias para el ejercicio 2018 ni tampoco, hasta este mismo mes de julio, los Presupuestos Generales del Estado, no se ha podido aplicar una serie de medidas en materia de función pública al ser su regulación objeto de reserva de ley. Estas medidas se incorporan en la presente norma teniendo en cuenta el actual marco presupuestario, condicionado por la legislación de estabilidad presupuestaria y, en concreto, por los estrictos objetivos de déficit, deuda y regla de gasto establecidos. La ley se dicta en el ejercicio de las competencias que al Principado de Asturias atribuye en esta materia el artículo 15.3 del Estatuto de Autonomía.
2. La ley recoge, en primer lugar, el incremento retributivo máximo que permite la legislación básica contenida en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2018 para el personal al servicio de la Administración del Principado de Asturias y su sector público. La ley autoriza, asimismo, el incremento de los costes del personal de la Universidad de Oviedo en los mismos términos que los previstos para el personal de la Administración del Principado de Asturias, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 81.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
3. En segundo lugar, se fija una cuantía para el segundo grado de la carrera profesional que se corresponde con el doble de la fijada para el primer grado con efectos del 1 de enero de 2019, lo que permite mantener un razonable equilibro entre diferentes políticas públicas dentro del escenario presupuestario existente, marcado por las reglas fiscales fijadas para 2018 y, fundamentalmente, por la limitación de la regla de gasto.
4. En tercer lugar, se modifica la Ley del Principado de Asturias 3/1985, de 26 de diciembre, de Ordenación de la Función Pública, al objeto de incluir expresamente el reconocimiento del derecho a la carrera horizontal del personal funcionario interino y del personal funcionario de otras Administraciones públicas que ocupe puestos en la Administración del Principado de Asturias, sus organismos y entes públicos sin haber obtenido destino definitivo. De esta forma, se adecua la Ley a la reiterada jurisprudencia que, al amparo del Acuerdo marco sobre el trabajo de duración determinada celebrado el 18 de marzo de 1999, afirma que vulnera el principio de no discriminación excluir a los funcionarios interinos de más de cinco años de antigüedad o de larga duración de la posible percepción del complemento retributivo de carrera profesional.
5. Por otra parte, la Ley modifica la plantilla, creándose 88 plazas de personal laboral en el organismo autónomo Establecimientos Residenciales para Ancianos de Asturias (ERA), 5 plazas de funcionarios en el organismo autónomo Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias (Sepepa) y 10 plazas de funcionarios en la Consejería de Hacienda y Sector Público. En el ERA, se destinarán 70 plazas a los centros polivalentes de recursos para personas mayores «Naranco», de Oviedo, «Riaño», de Langreo, «El Mirador», de Tineo, «Palacio de Villar», de Castrillón, «Pravia», situado en este concejo, y la «Residencia de Llanes», en Llanes, lo que permitirá la apertura de nuevas plazas residenciales y de centros de día. Las 18 plazas restantes se destinarán a la Unidad de Convalecencia Sociosanitaria en el Centro Polivalente de Recursos para Personas mayores «Residencia Mixta», de Gijón.
En cuanto a las nuevas plazas del Sepepa, permitirán crear una sección de acreditación de competencias para la gestión de procesos de acreditación de competencias profesionales y servirán para reforzar la coordinación de información y de actuaciones de las oficinas de empleo y centros propios de formación para el empleo con el resto de servicios del Sepepa, así como para fomentar la innovación en los programas de empleo. Por último, de las 10 plazas creadas en la Consejería de Hacienda y Sector Público, 5 se destinarán a la Intervención General y las 5 restantes, a la Inspección General de Servicios, con el fin de reforzar en ambos casos las funciones de control que tienen encomendadas.
