Preambulo Modelo 560 Impuesto Especial sobre la Electricidad. Autoliquidación
- Esta norma pasa de denominarse «Orden Foral 41/2015, de 16 de febrero, de la consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, por la que se aprueba el modelo 560 "impuesto especial sobre la electricidad. Autoliquidación"» a denominarse «Orden Foral 41/2015, de 16 de febrero, de la consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, por la que se aprueba el modelo 560 "impuesto especial sobre la electricidad. Autoliquidación y declaración informativa"». - ORDEN FORAL 46/2026, de 5 de junio, del consejero de Economía y Hacienda, por la que se modifica la Orden Foral 41/2015, de 16 de febrero, de la consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, por la que se aprueba el modelo 560 "impuesto especial sobre la electricidad. Autoliquidación" y se establece la forma y procedimiento para su presentación.
Preámbulo
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Copiloto jurídico
La Ley 28/2014, de 27 de noviembre, por la que se modifican, entre otras, la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, contempla un importante cambio conceptual en el Impuesto sobre la Electricidad, que deja de configurarse como un impuesto especial de fabricación, para pasar a ser un impuesto que grava el suministro de energía eléctrica para consumo, o el consumo por los productores de energía eléctrica de aquella electricidad generada por ellos mismos.
Este cambio conceptual del Impuesto no supone en la práctica una ruptura radical para la determinación de los elementos esenciales de la deuda tributaria, ni para la fijación de los puntos de conexión relativos a la exacción del Impuesto por parte de la Comunidad Foral, pero exige la aprobación de un nuevo modelo de autoliquidación que recoja los cambios necesarios para la entrada en vigor del Impuesto en su nueva configuración.
Por ello, el objeto de la presente Orden Foral es la aprobación del modelo 560, de autoliquidación de este Impuesto.
ORDENO:

