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Preambulo �nico Modificación 2010 de la Carta municipal de Barcelona

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El artículo 89 del Estatuto de autonomía establece la iniciativa del Ayuntamiento de Barcelona para proponer la modificación de su régimen especial y la Carta municipal de Barcelona establece la articulación de esta iniciativa municipal mediante la participación de la Comisión Mixta Generalidad-Ayuntamiento de Barcelona.

El 2 de febrero de 2010 la Comisión Mixta Generalidad-Ayuntamiento de Barcelona dio su conformidad a la iniciativa municipal de modificación de la Carta municipal para incluir la regulación del Consejo Económico y Social de Barcelona, en cumplimiento del acuerdo adoptado por el Ayuntamiento de Barcelona en la sesión del Plenario del Consejo Municipal de 30 de octubre de 2009.

En el acuerdo mencionado se aprueba la propuesta de modificación de la Carta municipal de Barcelona, con el objeto de incorporar la regulación del Consejo Económico y Social de Barcelona como órgano municipal de naturaleza consultiva y carácter general, en el cual participan los agentes sociales y económicos más representativos de la ciudad de Barcelona. Asimismo, se aprueba que la propuesta de modificación se materialice con la introducción en la Carta municipal de un nuevo título, el VIII, con un único artículo.

El Ayuntamiento de Barcelona creó el Consejo Económico y Social en 1992. Los cambios significativos en la organización del Ayuntamiento derivados de la aprobación de la Carta municipal han puesto de manifiesto la necesidad de consolidar y mejorar la posición institucional del Consejo Económico y Social reflejando su existencia en una norma con rango de ley.

Por todo ello, es preciso modificar la Carta municipal de Barcelona para incorporar la regulación de este órgano, un órgano que goza de plena autonomía e independencia funcional en sus actuaciones.