Preambulo �nico Modificación de la Ley 3/2020 -Recuperación y Protección del Mar Menor-
PREÁMBULO
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
La Sección 2.ª del Capítulo IV de la Ley 3/2020, de 27 de julio, de recuperación y protección del Mar Menor, establece el control de vertidos al mar, conteniendo en su artículo 21 la prohibición de vertidos al Mar Menor; en el artículo 22, la regulación sobre vertidos de aguas pluviales, y en el artículo 23, el de aguas freáticas.
Dada la situación actual del Mar Menor y los episodios de anoxia en sus aguas es necesario ir un paso más allá en la protección de este tesoro medioambiental de la Región de Murcia en particular y de España en general.
Estamos ante la laguna salada más grande de Europa, con una rica biodiversidad que todos debemos cuidar y preservar.
La descomposición de toneladas de material orgánico, las altas temperaturas y los vertidos que recibe la laguna ponen en una delicada situación el ecosistema de este emblemático paraje, por lo que es necesario impulsar aún más las medidas de protección del Mar Menor.
Para ello es fundamental la continua vigilancia de las diferentes clases de vertido que le llegan, aumentando su control y aumentando su vigilancia,
