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Preambulo �nico Modificación del Reglamento sobre seguridad en la circulación de la Red Ferroviaria de Interés General

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El Real Decreto 810/2007, de 22 de junio, por el que se aprueba el Reglamento sobre seguridad en la circulación de la Red Ferroviaria de Interés General, incorporó al derecho español la Directiva 2004/49/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 29 de abril de 2004, sobre la seguridad de los ferrocarriles comunitarios (Directiva de seguridad ferroviaria) y por la que se modifican la Directiva 95/18/CE del Consejo sobre concesión de licencias a las empresas ferroviarias y la Directiva 2001/14/CE relativa a la adjudicación de la capacidad de infraestructura ferroviaria, aplicación de cánones por su utilización y certificación de seguridad.

La citada Directiva 2004/49/CE ha sido modificada por la Directiva 2008/110/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de diciembre de 2008 en determinados aspectos; entre otros, los relativos a su ámbito de aplicación y a los certificados de seguridad. Por ello, resulta necesaria la modificación del citado Reglamento sobre seguridad en la circulación y del Real Decreto 810/2007 que lo aprueba. Así mismo, se modifica puntualmente el Real Decreto 2387/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Sector Ferroviario, para mejorar su adecuación a la modificación de la Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario realizada por el artículo 24 de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Fomento, con la aprobación previa del Ministro de Política Territorial y Administración Pública, de acuerdo con el Consejo de Estado, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 6 de mayo de 2011,

DISPONGO: