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Preambulo �nico RESOLUCIÓNde13deabrilde2012,delConsejero,porlaquesedisponelapublicacióndelAcuerdodelConsejodeGobiernodelaJuntadeExtremadurade23demarzode2012,porelqueseapruebaelPlanAnualdelaCooperaciónExtremeñaparaelaño2012(PlanEstratégicodesubvencionesenmateriadecooperacióninternacionalparaeldesarrollo).

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En el marco del Plan General de la Cooperación Extremeña 2010-2013, aprobado por la Comisión de Cooperación Internacional, Comunicación y Consumo de la Asamblea de Extremadura en su sesión de 22 de septiembre de 2010, en el que se contienen los objetivos que deben regir la política de cooperación durante ese cuatrienio, la aprobación del Plan Anual de la Cooperación Extremeña para el año 2012 mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, adoptado en su sesión de 23 de marzo de 2012, determina las prioridades horizontales, sectoriales y geográficas de la acción de la cooperación extremeña para este periodo, y contribuye así específicamente a la consecución de los objetivos establecidos en el Plan General. Con su aprobación, además, se da cumplimiento al mandato contenido en la Ley 1/2003, de 27 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo.

En la medida en que el Plan anual de la cooperación para 2012 se ajusta a lo dispuesto en el artículo el artículo 5 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura cumple con la doble función de Plan Anual y de Plan Estratégico de bases de reguladoras de subvenciones, siempre que se incardine en los objetivos y finalidades del Plan General en vigor. Esta doble función o naturaleza cobra mayor sentido en la medida en que el artículo 32.1.c) de la propia Ley 6/2011, de 23 de marzo, exige que las subvenciones de concesión directa que se establezcan al amparo de la Ley 1/2003, de 27 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo deben incluirse en los Planes Anuales.

El Acuerdo del Consejo de Gobierno, aprobatorio del Plan Anual de la Cooperación Extremeña para 2012, determina asimismo que el Plan será objeto de publicación en el Diario Oficial de Extremadura, para su difusión y general conocimiento, sin perjuicio del trámite previsto en el artículo 4.6 de la citada Ley 1/2003.

Por todo ello, teniendo atribuidas la Consejería de Administración Pública las competencias en materia de cooperación internacional para el desarrollo, según se determina el Decreto del Presidente 15/2011, de 8 de junio, por el que se modifican la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,

RESUELVO:

Disponer la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura de 23 de marzo de 2012 por el que se aprueba el Plan Anual de la Cooperación Extremeña para el año 2012 (Plan Estratégico de subvenciones en materia de cooperación internacional para el desarrollo), que acompaña como Anexo a esta resolución.

Mérida, a 13 de abril de 2012.

El Consejero de Administración Pública, PEDRO T. NEVADO-BATALLA MORENO