Preambulo TR. de las Disposiciones legales de galicia en materia de política industrial
Preámbulo
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La disposición final decimotercera de la Ley 14/2013, de 26 de diciembre, de racionalización del sector público autonómico, autoriza a la Xunta de Galicia para elaborar y aprobar, en el plazo de un año a partir de la entrada en vigor de la ley, entre otros, un texto refundido que recoja la normativa autonómica relativa a la política industrial.
Esta habilitación tiene su razón de ser en los objetivos marcados en el título III de dicha ley, que son los de la mejora de la calidad normativa a fin de que el ordenamiento autonómico sea estable, ordenado y accesible para la ciudadanía y, tal y como indica la citada disposición final, incluye la posibilidad de regularizar, aclarar y armonizar los textos legales que son objeto de refundición.
Al amparo de la citada habilitación, se procedió a elaborar un texto refundido, siguiendo los criterios que a continuación se exponen.
Partiendo de una configuración amplia, los textos normativos de la Comunidad Autónoma de Galicia que concentran las disposiciones legales referidas a la política industrial, en lo relativo a los instrumentos cuyo fin es el de eliminar barreras técnicas a través de los instrumentos de control y vigilancia que garanticen la correcta aplicación de la reglamentación de seguridad industrial, y a los factores que inciden directamente en el fortalecimiento de la competitividad de la industria gallega, son respectivamente la Ley 9/2004, de 10 de agosto, de seguridad industrial de Galicia, y la Ley 13/2011, de 16 de diciembre, reguladora de la política industrial de Galicia.
De este modo, se procedió a recoger en un único texto las dos leyes citadas, habida cuenta las modificaciones de las que fue objeto la primera y que fueron introducidas por las siguientes disposiciones:
La Ley 1/2010, de 11 de febrero, de modificación de diversas leyes de Galicia para su adaptación a la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior,
El Decreto 51/2011, de 17 de marzo, por el que se actualiza la normativa en materia de seguridad industrial en la Comunidad Autónoma de Galicia para su adaptación a la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior, en relación con el anexo I de la Ley 9/2004, de 10 de agosto, de seguridad industrial de Galicia.
La propia Ley 13/2011, de 16 de diciembre, reguladora de la política industrial de Galicia, y por último,
La Ley 9/2013, de 19 de diciembre, del emprendimiento y de la competitividad económica de Galicia.
Este decreto legislativo consta de un artículo único que aprueba el texto refundido, seis disposiciones adicionales, tres disposiciones transitorias y tres disposiciones finales. El texto refundido se estructura en dos libros que recogen y unifican lo relativo a la seguridad industrial, en el libro primero, y lo relativo a la planificación y a la promoción de la actividad industrial, en el libro segundo.
En su virtud, a propuesta del conselleiro de Economía e Industria, de acuerdo con el Consello Consultivo, y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día doce de febrero de dos mil quince,
DISPONGO:
