Preambulo �nico Convenio Europeo de Asistencia Judicial en Materia Penal
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Los Gobiernos signatarios, miembros del Consejo de Europa, considerando que la finalidad del Consejo de Europa es conseguir una unión más estrecha entre sus miembros,
Convencidos de que la adopción de normas comunes en la esfera de la asistencia judicial en materia penal contribuirá a alcanzar dicho objetivo,
Considerando que la asistencia judicial está relacionada con la cuestión de la extradición, que fue objeto de un convenio de fecha 13 de diciembre de 1957,
Han convenido lo siguiente:
