Preambulo �nico Educacion en el Tiempo Libre
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El presidente de la Comunidad Autónoma de Cantabria
Conózcase que el Parlamento de Cantabria ha aprobado y yo, en nombre de Su Majestad el Rey, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15.2º del Estatuto de Autonomía para Cantabria, promulgo la siguiente:
LEY DE CANTABRIA 4/2010, DE 6 DE JULIO, DE EDUCACIÓN EN EL TIEMPO LIBRE
