Preambulo �nico Presupuestos 2016 Madrid
PREÁMBULO
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I
Los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid fundamentan su marco normativo básico en la Constitución Española de 27 de diciembre de 1978, así como en el Estatuto de Autonomía, la Ley General Presupuestaria, la Ley de Hacienda de la Comunidad de Madrid y la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
De acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, en el contenido de la Ley de Presupuestos se distinguen dos tipos de preceptos, en primer lugar, los que responden al contenido mínimo, necesario e indispensable de la misma, constituido por la determinación de la previsión de ingresos y la autorización de gastos y, por otro lado, los que conforman lo que se ha denominado por la citada jurisprudencia como contenido eventual, limitado rigurosamente a materias que guardan relación directa con las previsiones de ingresos, las habilitaciones de gastos o los criterios de política económica general, que sean complemento para la más fácil interpretación y más eficaz ejecución de los presupuestos y de la política económica del Gobierno.
Los presentes presupuestos se elaboran de conformidad con la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, que ha venido a desarrollar el mandato contenido en el artículo 135 de la Constitución Española, reformado el 27 de septiembre de 2011, y da cumplimiento al Tratado de Estabilidad, Coordinación y Gobernanza en la Unión Económica y Monetaria de 2 de marzo de 2012, garantizando una adaptación continua y automática a la normativa europea.
Asimismo, en estos presupuestos se consignan los preceptos de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, que ha elevado el nivel de exigencia de transparencia e información pública a todas las Administraciones, considerándola eje fundamental de toda acción política. Este requerimiento se extiende sobre todos los ámbitos de actuación administrativa, incluido el presupuestario como instrumento para la ejecución de las políticas públicas.
En este contexto, con el propósito fundamental de atender al cumplimiento de los principios de estabilidad presupuestaria y transparencia, que recorren el espíritu de la legislación vigente, se consolida la nueva estructura presupuestaria trazada en los presupuestos anteriores, que proporciona un mayor grado de concreción en la información suministrada sobre los distintos estados de gastos y permite una mejor rendición de cuentas a distintas Instituciones y Administraciones Públicas, así como un exhaustivo seguimiento y control de actuaciones específicas.
Dentro de este marco normativo, se persigue garantizar la sostenibilidad financiera, reforzar el compromiso con la estabilidad presupuestaria y fortalecer una política económica orientada al crecimiento económico. El logro de estos objetivos contribuirá a sentar las bases económicas, fiscales, laborales y sociales para seguir avanzando en la creación de empleo en esta Comunidad.
II
El proyecto de Presupuestos de la Comunidad de Madrid para 2016 se ha elaborado en un contexto de recuperación económica y atendiendo a las previsiones de crecimiento, que se mantienen en la senda del 3% en 2016, así como al objetivo de estabilidad presupuestaria, fijado por el Consejo de Política Fiscal y Financiera y el Consejo de Ministros en el 0,3% del PIB, a la regla de gasto y al objetivo de deuda pública.
La Comunidad de Madrid ha desempeñado un papel principal en el avance económico del conjunto nacional, fruto del importante esfuerzo de los madrileños. Esta región se ha afianzado como propulsora del crecimiento de la economía nacional y de destino del 70% de la inversión extranjera que se hace en España, gracias a las políticas económicas aplicadas, basadas en la eficiencia en el gasto, la estabilidad presupuestaria, la rebaja de impuestos, la eliminación de trabas y la liberalización de la economía.
Además, la Comunidad de Madrid continúa siendo la región más solidaria pues es la región que más aporta al Fondo de Garantía de los Servicios Públicos Fundamentales, con una aportación actual del 74,15% de la transferencia neta a dicho fondo, que crece año tras año.
Los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2016 se constituyen como un instrumento al servicio de la consolidación económica y la creación del empleo, y mantienen el redimensionamiento de la actividad de esta región con el objetivo de ser más eficientes y conseguir ahorros en aquellos gastos no esenciales para los ciudadanos, y así cumplir con los compromisos adquiridos por el Gobierno Regional con los ciudadanos, al tiempo que se mantienen unos impuestos bajos.
Estos Presupuestos para 2016 están orientados, un año más, a reforzar el gasto social, y garantizan unos servicios públicos de máxima calidad, pues se destina casi el 90% del presupuesto a priorizar el gasto en sanidad, educación, servicios sociales, vivienda, subvención del transporte público y al desarrollo de las políticas de empleo, que mejoren la empleabilidad de los trabajadores y estimulen la contratación.
En definitiva, este proyecto traza unos presupuestos serios y eficientes, que reforzarán la creación de empleo y la dinamización económica, con el mantenimiento de unos excelentes servicios públicos, prioridad del Gobierno de la Comunidad de Madrid.
El presupuesto para el ejercicio 2016 en materia de Sanidad tiene un objetivo primordial: mantener un sistema sanitario público, universal y gratuito de alta calidad. Por ello, mejorar la accesibilidad y la calidad del Sistema Sanitario de la Comunidad de Madrid son objetivos prioritarios para afianzar un modelo de sanidad cercana, humanizada, accesible y eficaz, que mejore su eficiencia a través de la profesionalización de la gestión y que avance hacia las metas de excelencia que se marca el Gobierno de la Región, esto es, prestar una asistencia sanitaria de alta calidad y optimizar la eficiencia con el fin de garantizar la sostenibilidad de nuestro sistema sanitario público.
En el ámbito de las infraestructuras sanitarias se va a realizar un especial esfuerzo inversor, siendo objetivo prioritario impulsar las reformas de las infraestructuras que lo requieran, mejorar y sustituir el equipamiento médico de los centros, y emprender la apertura de nuevos centros de salud. Al mismo tiempo, en la Atención Primaria se mejorará la dotación de recursos humanos teniendo en cuenta los incrementos poblacionales y el grado de utilización de los servicios en los diferentes Centros de Salud, fomentando la atención integral y la continuidad asistencial.
Cuatro grandes principios estratégicos guían la política educativa y tienen su reflejo en el presupuesto para el año 2016: la búsqueda de la calidad, la libertad, la igualdad de oportunidades y el diálogo. En este sentido, se va a dar continuidad, con afán siempre de mejora, a programas que son o han sido seña de identidad de nuestro sistema educativo y de su calidad.
Para ello, la Comunidad seguirá extendiendo la enseñanza bilingüe, tanto en centros de primaria como en institutos y ofreciendo ciclos formativos de grado superior en Formación Profesional bilingües; se mantendrán los programas innovación y enriquecimiento educativo, tales como el Bachillerato de excelencia, los institutos de innovación tecnológica, los institutos deportivos, los campeonatos escolares y otros programas deportivos; se sigue apostando por las nuevas tecnologías en el ámbito educativo; se garantiza el principio de libre ejercicio de elección de tipo de educación y de centro por parte de las familias; se incrementa el presupuesto destinado a becas y ayudas para la enseñanza no universitaria y se dotan créditos para la financiación de la mejora de la calidad de la enseñanza universitaria, y el apoyo a la actividad investigadora. Por último, se continuará trabajando en la promoción juvenil y de iniciativas emprendedoras y actividades combinadas de juventud y deporte.
El compromiso del Gobierno de la Comunidad de Madrid con las políticas sociales, especialmente, con los madrileños más desfavorecidos, se materializa en un importante esfuerzo en el presupuesto de la Consejería de Políticas Sociales y Familia para el año 2016. Esto se traducirá, principalmente, en las actuaciones referidas a la renta mínima de inserción; a las prestaciones por dependencia; a la mejora de la calidad de los centros propios; al fortalecimiento de la red de atención especializada a las personas con discapacidad; a las ayudas al voluntariado; a la formación de los profesionales de la Red de Atención integral para la violencia de género de la Comunidad de Madrid y a la asistencia y protección social a las personas tuteladas. Al tiempo que se consolidan los recursos de atención a la familia y a la infancia, y las actuaciones dirigidas a la integración de los inmigrantes.
Por su parte, la política de seguridad continuará con el proyecto BESCAM (Brigadas Especiales de Seguridad de la Comunidad de Madrid), cuyo principal objetivo es contribuir a la mejora de la seguridad del ciudadano madrileño en 110 municipios, en los que está implantado, mediante la suscripción de Convenios de Colaboración, de forma que la Comunidad de Madrid coadyuva a la financiación de las retribuciones y seguridad social de los policías locales adscritos a las Brigadas, el suministro de vehículos, combustible y el servicio de comunicaciones.
En el campo de la protección ciudadana, se insistirá con las actuaciones relativas a la mejora y modernización de los medios materiales adscritos al Cuerpo de Bomberos que redunden en una respuesta más segura, rápida y eficaz en sus intervenciones. La vigilancia y extinción de incendios se seguirá articulando a través del Plan INFOMA. Se ampliarán los medios humanos y materiales del Cuerpo de Bomberos y se pondrá en funcionamiento un nuevo parque de bomberos en Valdemoro.
Para la mejora de la Administración de Justicia, en 2016, se pondrán en funcionamiento el Instituto de Medicina Legal y la nueva Oficina Fiscal. Además, se continuará con el esfuerzo realizado de dotación de medios materiales y humanos para los órganos judiciales y se incrementará de manera importante la dotación destinada a la justicia gratuita.
La creación de la Oficina de Cultura y Turismo permitirá aplicar una política transversal de la cultura y trabajar en posicionar a la Comunidad de Madrid en un referente cultural y también turístico en el escenario nacional e internacional. Para ello se realiza un importante esfuerzo presupuestario destinado a la protección, conservación y difusión del importante patrimonio cultural de la Comunidad de Madrid, y para la promoción y programación de las artes escénicas, música, cine, así como a las actividades museísticas y expositivas. Asimismo, los objetivos en materia de turismo se concentran en la creación de una marca única turística Madrid, la mejora de la competitividad de las empresas y sectores turísticos, y la promoción de la comercialización de los productos y destinos turísticos.
En materia de políticas activas de empleo, se incrementa la dotación presupuestaria en más de un 25 por ciento, dando absoluta prioridad al empleo, y se trabajará en fomentar las oportunidades de acceso al mercado laboral, mejorar la capacitación profesional de los trabajadores e impulsar las iniciativas emprendedoras. En concreto, se pondrá en marcha la Estrategia de Madrid por el Empleo , para atender al refuerzo y modernización en la gestión de la intermediación laboral, al estímulo de la contratación y a la articulación de una oferta formativa de calidad, renovada y adecuada a las necesidades reales tanto de los trabajadores como de la demanda de mano de obra de las empresas madrileñas.
En materia de política económica y tecnológica, se seguirá avanzando en la creación de un entorno económico favorable a la actividad empresarial, por medio de instrumentos que favorezcan la competitividad de nuestra economía y el liderazgo tecnológico, y en el establecimiento de medidas que fomenten la promoción empresarial, la competitividad y la aplicación de las nuevas tecnologías y gestión del conocimiento, con especial atención a las pequeñas y medianas empresas.
Desde la Comunidad de Madrid se seguirán apoyando todas aquellas medidas encaminadas a la generación de empresas, a la modernización y mejora de la competitividad del tejido productivo y a la internacionalización empresarial y a la atracción de inversiones, como elemento fundamental e imprescindible para el crecimiento económico de nuestra región.
En el sector del comercio, la estrategia fundamental irá dirigida a la modernización, promoción y dinamización del sector comercial, artesano y ferial, estableciendo como objetivos la mejora de la competitividad de las pymes comerciales, la incorporación de las nuevas tecnologías en sus procesos de negocio y la capacidad de acceso a la financiación.
Por lo que se refiere a la industria, se mantiene la política de apoyo a la competitividad del sector industrial y priorizando la seguridad industrial, energética y minera. En el ámbito energético, se mantendrán los planes de ahorro y mejora de la eficiencia energética, asegurando la fiabilidad y seguridad del suministro energético y el impulso de las energías renovables.
En materia de medio ambiente, como objetivos primordiales se fijan los siguientes: la puesta en marcha del Plan de Empleo Verde, el desarrollo de actuaciones relacionadas con la conservación y protección del medio ambiente, el fomento de la gestión integral del agua, el compromiso con la eficiencia energética a través de diversas ayudas, el impulso de la agricultura y ganadería regionales, la elaboración de una nueva ley del suelo y el avance de las nuevas tecnologías.
El programa de actuaciones para el año 2016 en materia de transporte tiene un fuerte componente social, pues se amplía el límite de edad del Abono de Transportes Joven y su tarifa plana para jóvenes y desempleados de larga duración, y se congelan las tarifas del transporte público. En cuanto a la inversión programada, cabe destacar las obras en la red de Metro de accesibilidad universal en las estaciones de Sol y Moncloa y las de la nueva estación de Arroyo Fresno, además de la ampliación del número de trenes y otras obras encaminadas a ofrecer un servicio de calidad a los madrileños, basado en la eficiencia, seguridad y sostenibilidad. También se trabajará en la seguridad vial y la supresión de puntos negros.
Por lo que respecta a la política de vivienda, se continuará luchando contra la exclusión residencial, a través de un parque específico de viviendas de emergencia social, el incremento en 400 nuevas viviendas de protección pública del parque de la Agencia de Vivienda Social y la adaptación de las rentas de más de 23.000 familias inquilinas de esta Agencia.
En otro contexto, se incrementa el presupuesto para ayudas al alquiler y se convocarán ayudas para la eficiencia energética, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbana. Además, se pondrá en funcionamiento la Oficina de mediación en conflictos hipotecarios y se promoverán acuerdos con bancos y empresas propietarias de viviendas vacías con el objetivo de que los madrileños puedan acceder a ellas a precios asequibles.
III
La Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2016 consta de 6 títulos, de cuyo contenido pueden reseñarse los siguientes aspectos.
El Título I, De la aprobación de los presupuestos y de sus modificaciones , constituye la parte principal del contenido calificado como esencial, en la medida en que el Capítulo I del mismo incluye la totalidad de los gastos e ingresos que conforman los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, integrados por los Presupuestos de las Instituciones y de la Administración de la Comunidad, de sus organismos autónomos, de sus empresas públicas y entes públicos, a los que se refieren los artículos 5 y 6 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid. Se incluyen las fundaciones y los consorcios a los efectos de las exigencias de transparencia de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. Igualmente, se recogen en este Capítulo I los importes relativos a los beneficios fiscales que afectan a los tributos de la Comunidad de Madrid.
El Capítulo II contiene medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria derivadas de las exigencias de la aprobación de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. Para el cumplimiento del objetivo de estabilidad, el Gobierno mantiene en el presupuesto para 2016 la existencia de un «Fondo de Contingencia» como Capítulo 5 de gastos, dentro de la Sección 26, con la finalidad de financiar aquellas necesidades de carácter no discrecional y no previstas en el presupuesto inicialmente aprobado, que puedan presentarse a lo largo del ejercicio y que, financiadas con otros recursos, hubieran generado déficit en términos de contabilidad nacional.
El Capítulo III contiene normas sobre modificación de los créditos presupuestarios y de los presupuestos aprobados. Establece el carácter limitativo y vinculante de los créditos, regulando, con carácter general, la vinculación a nivel de artículo y, sin perjuicio de ello, se consigna el detalle de dicha vinculación en el estado de gastos. Se regula también el régimen de modificación de los créditos presupuestarios, determinando limitaciones específicas para las transferencias de créditos destinados a Planes Especiales de Actuaciones e Inversiones, gastos asociados a ingresos o a cooperación municipal.
El Título II, De los gastos de Personal , consta de dos capítulos, el primero regula el régimen de retribuciones del personal al servicio de la Comunidad de Madrid, distinguiendo según sea funcionarial, laboral o estatutario el vínculo de su relación de servicios, así como las retribuciones de los Altos Cargos y del personal directivo. En aplicación de la legislación básica dictada por el Estado, se establece, con carácter general, que las retribuciones del personal al servicio de la Comunidad de Madrid no podrán experimentar un incremento global superior al 1 por ciento respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2015. Se exceptúa de esta previsión a los Altos Cargos, que ven congeladas sus retribuciones en el presente ejercicio. Adicionalmente, de acuerdo con la posibilidad de carácter básico que contempla el Estado, se incluye una previsión dirigida a la recuperación parcial de los importes efectivamente dejados de percibir por los empleados públicos de la Comunidad de Madrid, como consecuencia de la supresión de la paga extraordinaria, así como de la paga adicional de complemento específico o pagas adicionales equivalentes, correspondientes al mes de diciembre de 2012, por aplicación del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento a la competitividad. Asimismo, se mantienen en este capítulo las medidas emprendidas en anteriores ejercicios tendentes a garantizar criterios de control eficiente en la materia respecto de las entidades que componen el sector público.
También se regula la Oferta de Empleo Público, que incluirá aquellas plazas que se encuentren vacantes y dotadas presupuestariamente y cuya provisión se considere inaplazable o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales. En el año 2016, en cumplimiento de la normativa básica y, con carácter general, se fija la tasa de reposición en un máximo del 100 por cien en los sectores determinados por la normativa estatal, entre los que destaca, por poner dos ejemplos, la asistencia directa a los usuarios de los servicios sociales o la gestión de prestaciones y políticas activas en materia de empleo, estableciendo para el resto una tasa de reposición del 50 por ciento. Al igual que en ejercicios anteriores, se establecen restricciones a la contratación de personal laboral temporal, así como al nombramiento de personal estatutario temporal y de funcionarios interinos, que tendrán un carácter excepcional vinculado a necesidades urgentes e inaplazables en los sectores, funciones y categorías profesionales que se consideren prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales, de acuerdo con lo que establezca la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda.
En el Capítulo II de este Título se encuentran otras disposiciones en materia de personal que, básicamente, se refieren a los requisitos para la determinación o modificación de retribuciones del personal laboral, la prohibición de ingresos atípicos, la prohibición de cláusulas indemnizatorias o los requisitos para la contratación de personal laboral con cargo a los créditos para inversiones.
El Título III, De las operaciones financieras , se divide en dos capítulos. En el Capítulo I Operaciones de crédito se regulan, fundamentalmente, los límites y la autorización para el endeudamiento anual de la Comunidad de Madrid, los organismos autónomos, las universidades públicas, las empresas públicas y demás entes que se clasifiquen en el Sector de Administraciones Públicas de acuerdo con el Sistema Europeo de Cuentas nacionales y regionales (SEC), endeudamiento que se sujeta a los límites previstos en las leyes de Estabilidad Presupuestaria y en los Acuerdos del Consejo de Política Fiscal y Financiera de las Comunidades Autónomas.
En el Capítulo II, Tesorería , se recogen medidas para garantizar una correcta ejecución de las funciones de tesorería y que afectan a la autorización para la apertura de cuentas bancarias y a la fijación de la cuantía mínima para que se acuerde la no liquidación y exacción de deudas.
El Título IV, Procedimientos de gestión presupuestaria , estructurado en cinco capítulos, establece en el Capítulo I, la cuantía que delimita la competencia reservada al Gobierno de la Comunidad de Madrid para la autorización de gastos.
En el Capítulo II, se fijan los módulos económicos para la financiación de centros docentes privados sostenidos con fondos públicos y se atribuye al Gobierno de la Comunidad la competencia para autorizar el número máximo de nuevas unidades a concertar en centros privados sostenidos con fondos públicos durante el ejercicio 2016.
El régimen presupuestario de las universidades públicas de la Comunidad de Madrid y la liquidación de las transferencias a los presupuestos de las universidades públicas se recogen en el Capítulo III.
Por otra parte, el Capítulo IV regula determinadas especialidades del régimen de gestión económica y presupuestaria del Servicio Madrileño de Salud y las particularidades en la tramitación de las modificaciones presupuestarias que afecten a sus créditos.
En el Capítulo V, se establecen otras normas de gestión presupuestaria como son la posibilidad del Gobierno de aprobar planes y programas de actuación, especialidades en el ejercicio de la función interventora y las cuantías de la prestación de la Renta Mínima de Inserción para el ejercicio 2016.
En el Título V, Disposiciones sobre el Sector Público de la Comunidad de Madrid , se recogen disposiciones generales sobre reordenación del sector público y se autoriza la formalización de convenios de colaboración.
Finalmente, en el Título VI, De las tasas , se establece el mantenimiento de la tarifa de las tasas de la Comunidad de Madrid.
En la parte final de la ley, las disposiciones adicionales completan el marco jurídico presupuestario recogiendo preceptos de índole muy variada. En primer lugar, se establece el informe preceptivo por la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda de las disposiciones normativas o convenios cuya aprobación y aplicación pudiera suponer un incremento del gasto público o disminución de los ingresos de la Comunidad de Madrid, respecto del autorizado y previsto en la ley, o que puedan comprometer fondos de ejercicios futuros. Dicho informe será preceptivo en relación a los sujetos cuyos presupuestos se integran en los Generales de la Comunidad y hayan sido clasificados en el sector administraciones públicas de acuerdo con las normas del Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales.
Asimismo, se mantiene la vigencia de las disposiciones de la Ley 4/2012, de 4 de julio, sobre arrendamientos de inmuebles a disposición de organizaciones sindicales, o la suspensión de determinadas normas convencionales, y se establece la limitación de subvenciones a partidos políticos y organizaciones sindicales y empresariales para gastos de funcionamiento.
Como novedad, se regula la contratación de personal en empresas públicas, fundaciones del sector público y de los consorcios participados mayoritariamente por la Administración de la Comunidad de Madrid. Además, se incorpora una disposición adicional que regula la recuperación de la paga extraordinaria y adicional del mes de diciembre de 2012 del personal al servicio del sector público de la Comunidad de Madrid.
Por último, en las disposiciones finales se autoriza el desarrollo normativo de la ley y se fija la entrada en vigor de la misma.
