Preambulo �nico Reglamento de Planeamiento de Extremadura
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La Ley 10/2004, de 30 de diciembre, crea la Agencia Extremeña de la Vivienda, el Urbanismo y el Territorio, adscrita a la Presidencia de la Junta de Extremadura a través de la Vicepresidencia para el desarrollo de la política de la Junta de Extremadura en materia de ordenación del territorio, urbanismo y vivienda. (Decreto del Presidente 1/2005, de 7 de enero). Por Decreto Legislativo 1/2005, de 21 de junio (D.O.E. de 28/06/05) se aprueba el Texto Articulado de las Bases establecidas por el artículo 5 de la citada Ley 10/2004, y por el que se atribuyen a la Agencia Extremeña de la Vivienda, el Urbanismo y el Territorio competencias en materia de ordenación territorial y urbanística (artículo 7 ).
Por su parte, la Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura (D.O.E. n.º 1 de 3 de enero), habilita en su disposición final única a la Junta de Extremadura, para dictar cuantas disposiciones sean precisas para su desarrollo. En relación con esta habilitación expresa, se ha considerado necesario redactar el Proyecto de Decreto que desarrolle la materia de Ordenación del Territorio y el Urbanismo a nivel de Planeamiento, con el objeto de poder definir tanto el contenido de los instrumentos de planeamiento, como los procedimientos de aprobación de los mismos y garantizar el ejercicio de las atribuciones competenciales en esta materia de las Administraciones Públicas.
En su virtud, oído el Consejo Consultivo, a iniciativa de la Presidencia de la Agencia Extremeña de la Vivienda, el Urbanismo y el Territorio y a Propuesta del Vicepresidente de la Junta de Extremadura, previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, en su reunión del día 23 de enero de 2007, dispongo:
