Preámbulo Orden APA/283/2026, de 27 de marzo
Preámbulo
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En los últimos meses, el territorio español ha sido escenario de una sucesión excepcional de fenómenos meteorológicos adversos, cuya magnitud y persistencia han configurado un escenario de desastre natural de carácter hidrometeorológico sin precedentes recientes.
En respuesta a este escenario, el Real Decreto-ley 5/2026, de 17 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes en respuesta a los daños causados por diversos fenómenos meteorológicos adversos, de especial afectación en las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura, habilitó medidas extraordinarias y urgentes para atender daños personales y materiales, restaurar infraestructuras esenciales, sostener la actividad económica y reforzar la capacidad de adaptación frente a futuros episodios.
El artículo 8.4 del citado real decreto-ley faculta al Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación para aprobar, mediante orden ministerial, las modificaciones, adaptaciones y concreciones que resulten precisas.
En su virtud, resuelvo:
