Preambulo se programan actuaciones para la recuperación de las zonas afectadas por incendios forestales en este verano
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En el verano de 2025, España está sufriendo numerosos incendios forestales que han afectado no solo a importantes masas forestales con alto valor ecológico, sino también a edificaciones residenciales, agrícolas, ganaderas e industriales, y han puesto en peligro bienes de indudable interés cultural y patrimonial; y siendo especialmente graves los daños ecológicos y materiales sufridos, en ningún caso tales daños son comparables con la irreparable pérdida de vidas humanas que desgraciadamente se ha producido.
Castilla y León está siendo una de las Comunidades más afectadas por los incendios forestales en el verano de 2025, siendo especialmente virulentos y destructivos los que se han desencadenado en las provincias de León y Zamora. Al respecto cabe insistir sobre los excepcionales factores meteorológicos adversos que han agravado el poder devastador de los incendios forestales, que se han mantenido en muchos momentos y lugares fuera de la capacidad de extinción.
Ante esta situación extraordinaria y excepcional, en cumplimiento de los principios rectores de las políticas públicas recogidos en el Estatuto de Autonomía, es obligación de la Junta de Castilla y León poner en marcha una acción coordinada de atención a las personas, empresas e instituciones que hayan sufrido daños personales, materiales, económicos, sociales o de cualquier otra índole, poniendo en marcha actuaciones encaminadas a la recuperación de las zonas afectadas por los incendios forestales.
El artículo 70.3 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, establece que cuando un acuerdo del Consejo de Gobierno afecte a las competencias de más de una consejería, se aprobará a iniciativa de los consejeros interesados y será propuesto por el de Presidencia y Administración Territorial; referencia que actualmente ha de entenderse hecha al titular de la Consejería de la Presidencia.
En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de la Presidencia, y a iniciativa conjunta de los titulares de todas las Consejerías de la Junta; y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 20 de agosto de 2025, adopta el siguiente
ACUERDO

