Preambulo se publica el Plan anual de formación para el año 2026 del Instituto Aragonés de Administración Pública
Preambulo
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El artículo 46 del texto refundido de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/1991, de 19 de febrero, de la Diputación General de Aragón, encomienda al Instituto Aragonés de Administración Pública las funciones de formación, actualización y perfeccionamiento del personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón; por su parte, el artículo 240 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, en su apartado 1, contempla la colaboración del Instituto Aragonés de Administración Pública con las entidades locales en la formación y perfeccionamiento de su personal.
El Decreto 202/2024, de 29 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Hacienda, Interior y Administración Pública atribuye en su artículo 42.1.b) al Instituto Aragonés de Administración Pública (IAAP) la gestión de la formación del personal de Administración General de la Comunidad Autónoma de Aragón, así como la gestión y ejecución de los fondos derivados del Acuerdo para la Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón. Además, tiene atribuida la cooperación en la formación del personal de las entidades locales. Todo ello bajo la superior dirección de a persona titular de la Dirección General de la Función Pública.
Las acciones formativas derivadas del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas (AFEDAP), IV Acuerdo de Formación Continua en las Administraciones Públicas, de 21 de septiembre de 2005, cuya última modificación ha sido aprobada por Acuerdo de la Comisión General de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas, de 9 de marzo de 2018, publicado por Resolución de 21 de marzo de 2018, de la Secretaría de Estado de Función Pública, en el "Boletín Oficial del Estado", número 74, de 26 de marzo de 2018, tienen como entidad promotora al Instituto Aragonés de Administración Pública en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se gestionarán por cada uno de los órganos con competencias de formación en el ámbito sectorial correspondiente.
La Comisión de Formación para el Empleo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, de naturaleza paritaria, compuesta por la representación de la Administración de la Comunidad Autónoma y las organizaciones sindicales, en su reunión de 18 de diciembre de 2025, aprobó las actividades de formación para el año 2026 derivadas del AFEDAP en los ámbitos de Administración general, del personal docente no universitario, del personal sanitario y no sanitario de los centros sanitarios, del personal de los Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia que se desarrollarán en sus respectivos ámbitos, así como el Plan de Formación para el personal de administración y servicios de la Universidad de Zaragoza. Estas acciones se ajustan a la dotación finalista destinada a su financiación en los Presupuestos Generales del Estado para el citado ejercicio, que será transferida por el Instituto Nacional de Administración Pública a la Comunidad Autónoma de Aragón.
Se incluyen también en este Plan las actividades formativas dirigidas al personal de los Cuerpos de Policía Local de Aragón propuestos y organizados por la Dirección General de Interior y Emergencias del Departamento de Hacienda, Interior y Administración Pública y las dirigidas al personal de las entidades locales de Aragón, propuestas y organizadas en colaboración entre la Dirección General de Administración Local del Departamento de Fomento, Vivienda, Logística y Cohesión Territorial y el Instituto Aragonés de Administración Pública, que podrán ser financiadas con los fondos de formación para el Empleo destinados a la formación del personal de las entidades locales de Aragón.
La formación del personal de la Comunidad Autónoma de Aragón y del personal de entidades locales constituye el factor fundamental para garantizar el objetivo tanto de calidad como de eficacia y eficiencia en las funciones desempeñadas. Por ello, la formación ha de ser considerada a todos los efectos, un deber y un derecho del personal vinculada a la promoción y al desarrollo de la carrera, además de un instrumento de modernización de estas administraciones.
La finalidad del Plan de formación es el desarrollo profesional de las personas al servicio de la Administración Pública, así como colaborar en la transformación digital y en la mejora en la calidad de los servicios prestados, a través de una variedad de recursos formativos que contribuyan al aprendizaje permanente de las personas y de la organización. Para que la prestación de los servicios públicos se distinga por la calidad, la eficacia y la eficiencia resulta preciso que el personal al servicio de la Administración disponga de los conocimientos, habilidades y técnicas adecuados, y de ahí la necesidad de ahondar en la creación de metodologías y espacios de aprendizaje participativos como un medio para conseguir la transformación digital, la identificación y retención del talento y la mejora de la organización.
En este año 2026 el programa de Formación de Administración General, gestionado directamente por el IAAP (anexo I) se estructura en congruencia con los objetivos y prioridades de la organización en función de sus necesidades
formativas concretadas por los distintos departamentos y organismos públicos, conformándose una formación a demanda de la Administración y diseñada en base a sus necesidades. Estas actividades formativas tendrán carácter obligatorio o voluntario en función de los objetivos de aprendizaje, y según las materias y habilidades que sean tratadas en ellas. En cada convocatoria se determinarán los requisitos de participación, así como las preferencias para la participación en cada actividad formativa. Incluye este programa la formación de nuevo ingreso y la específica para la prestación de servicios en régimen de teletrabajo.
En relación con los demás ámbitos sectoriales, el Plan se articula sobre los programas propuestos por sus órganos gestores de formación. Las actividades formativas que se incluyen podrán variar o modificarse en atención a la detección de nuevas necesidades o en seguimiento de estrategias de formación.
En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 202/2024, de 29 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Hacienda, Interior y Administración Pública, resuelvo:
