Preambulo único el que se aprueba el Reglamento del Registro de Parejas de Hecho...Autonoma de Canarias
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Preambulo único el que se aprueba el Reglamento del Registro de Parejas de Hecho en la Comunidad Autonoma de Canarias

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Preambulo

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La Ley 5/2003, de 6 de marzo, para la regulación de las parejas de hecho en la Comunidad Autónoma de Canarias , regula por primera vez en nuestra Comunidad Autónoma las llamadas "parejas de hecho", que representa un modelo alternativo al tradicional concepto de familia.

En este sentido, el Preámbulo de la Ley dispone que los modelos de sociedad, su forma de organizarse y los valores sobre los que ésta se sustenta, han evolucionado y son muy diferentes a los que han venido imperando décadas atrás. El matrimonio sigue siendo la forma de unión predominante. Sin embargo, a raíz de los cambios surtidos, otros tipos de unión demandan una regulación por los poderes públicos.

La citada Ley 5/2003, de 6 de marzo, en su artículo 1 establece que la misma será de aplicación a las personas que convivan en pareja de forma libre, pública y notoria, vinculados de forma estable con independencia de su orientación sexual. Asimismo, en su Capítulo II, artículo 3, crea el Registro de parejas de hecho dependiente de la Consejería de Presidencia e Innovación Tecnológica, actual Consejería de Presidencia y Justicia.

El citado registro trata de dar una respuesta a la demanda social, para apoyar así el reconocimiento de esta forma de convivencia en el marco del Derecho común, que evite cualquier tipo de discriminación.

La Ley 5/2003 entró en vigor el día 20 de marzo de 2003 y en su Disposición Final Segunda establece que el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Canarias dictará las disposiciones reglamentarias necesarias para el desarrollo y ejecución de la Ley, en el plazo de un año desde su entrada en vigor.

Por lo expuesto, a propuesta de la Consejera de Presidencia y Justicia, visto el dictamen del Consejo Consultivo de Canarias, y previa deliberación del Gobierno en su reunión del día 19 de mayo de 2004,

D I S P O N G O:

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 02-06-2004 en vigor desde 22-06-2004