Preambulo único Normas marco de los Cuerpos de Policía Local
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Preambulo único Normas marco de los Cuerpos de Policía Local

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PREAMBULO

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El día 15 de diciembre del año 2000, el Parlamento de Cantabria aprobaba la Ley de Cantabria 5/2000, de Coordinación de las Policías Locales de Cantabria, en el ejercicio de las competencias que se recogen en el artículo 24.24 del Estatuto de Autonomía para Cantabria.

El principal objetivo que se persigue con dicha Ley, aparte de modernizar la regulación que hasta entonces existía en la Comunidad Autónoma, es establecer un régimen jurídico homogéneo para integrar los diferentes Cuerpos de Policía Local existentes en la Comunidad Autónoma en un mismo sistema de seguridad pública dotándolos de plena capacidad funcional y organizativa para que puedan convertirse en instrumentos válidos que permitan a los Ayuntamientos ejercer sus competencias. Y, todo ello, mediante una regulación definida y específica que facilite a dichos Ayuntamientos la redacción de Reglamentos internos sobre bases comunes que eviten discriminaciones entre los mismos.

Las competencias de la Comunidad Autónoma en materia de Policías Locales se extienden a la coordinación de las mismas, con respeto a la autonomía municipal. Y estas competencias de coordinación se desarrollan a través de una serie concreta de funciones que corresponde ejercer al Gobierno de Cantabria, entre las que se encuentra establecer las normas marco a que habrán de ajustarse los reglamentos de organización y funcionamiento de los Cuerpos de Policía Local.

Y éste es, precisamente, el principal objetivo que se persigue con la regulación contenida en las presentes normas marco, establecer los criterios sobre estructura, organización, funcionamiento, derechos y deberes y condiciones de trabajo, a los que habrán de ajustar su contenido los reglamentos de organización y funcionamiento de los Cuerpos de Policía Local en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

El contenido esencial de las normas marco viene regulado en el artículo 13 de la Ley 5/2000, de 15 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales y es el que se ha recogido y desarrollado a lo largo de los 82 artículos que componen este texto.

Así mismo, estas normas marco son el fruto del consenso de los diferentes entes con responsabilidad en el mundo de las Policías Locales, Ayuntamientos, Organizaciones Sindicales, Jefes de Cuerpos de Policía Local y el propio Gobierno de Cantabria que, en el ejercicio de sus competencias, ha impulsado y coordinado la elaboración de este texto.

Estas normas marco han sido también informadas favo rablemente por la Comisión de Coordinación de Policías Locales de Cantabria en la reunión mantenida el día 4 de abril de 2002.

En su virtud, vistos los informes preceptivos previos y de acuerdo con el Consejo de Estado, el Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero de Presidencia y previa deliberación del mismo en su reunión del día 9 de enero acuerda aprobar el presente Decreto.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-01-2003 en vigor desde 18-01-2003