Real Decreto 1003/2010, de 5 de agosto, por el que se regula la liquidación de la prima equivalente a las instalaciones de producción de energía eléctrica de tecnología fotovoltaica en régimen especial. - Boletín Oficial del Estado de 06-08-2010
Índice
Texto
Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 11 de Junio de 2014
F. entrada en vigor: 07/08/2010
Órgano emisor: MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 190
F. Publicación: 06/08/2010
Artículo 1. Objeto.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Artículo 3. Acreditación de la instalación de los equipos necesarios.
Artículo 4. Instalaciones requeridas.
Artículo 5. Efectos de la acreditación y falta de acreditación de la disposición de los equipos necesarios y del resto de obligaciones de finalización de las instalaciones en plazo.
Artículo 6. Inaplicación del régimen económico.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Renuncia al régimen económico del Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo.
D.A. 2ª. Creación de la subsección denominada Registro de régimen especial sin retribución primada.
D.A. 3ª. Participación en el procedimiento de Preasignación regulado en el Real Decreto 1578/2008, de 26 de septiembre, las instalaciones inscritas en el Registro de régimen especial sin retribución primada.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación del Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial.
D.F. 2ª. Desarrollo normativo.
D.F. 3ª. Carácter básico.
D.F. 4ª. Entrada en vigor.