Real Decreto 1078/2017, de 29 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 138/2000, de 4 de febrero, y el Reglamento general sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de Orden social y para los expedientes liquidatarios de cuotas de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo. - Boletín Oficial del Estado de 30-12-2017
- Ámbito: Estatal
- Estado: VIGENTE
- Fecha de entrada en vigor: 31/12/2017
- Órgano Emisor: Ministerio De La Presidencia Y Para Las Administraciones Territoriales
- Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 317
- Fecha de Publicación: 30/12/2017
- PDF de la disposición
La Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social, ha creado un nuevo modelo de organización y funcionamiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social con el objetivo de responder mejor a las demandas de la sociedad actual, ejercer con mayor eficacia las funciones encomendadas a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, y distribuir y aprovechar mejor los recursos de que dispone.
A la vez, la ley pretende avanzar en la adaptación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social a la organización territorial del Estado mediante la configuración de un Sistema único e integral de Inspección de Trabajo y Seguridad Social, basado en los principios de unidad de función y actuación inspectora en todas las materias del orden social, sin perjuicio de los criterios de especialización y actuación programada y trabajo en equipo. Asimismo reafirma la doble dependencia de la Inspección, de la Administración General del Estado o de las Comunidades Autónomas en función de qué administración sea la titular de la competencia material, y refuerza la participación institucional de las Comunidades Autónomas en los órganos de dirección de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Dentro de las novedades que recoge la Ley 23/2015, de 21 de julio, está la creación de un nuevo Cuerpo de funcionarios, el Cuerpo de Subinspectores Laborales, que integra dos Escalas especializadas; la de los Subinspectores de Empleo y Seguridad Social, formada por los pertenecientes al Cuerpo de Subinspectores de Empleo y Seguridad Social ya existente, y la Escala de Subinspectores de Seguridad y Salud Laboral de nueva creación. La ley regula también lo relativo al régimen jurídico del Cuerpo de Subinspectores Laborales, al ingreso y provisión de puestos de trabajo, a los derechos y deberes, y a la forma de funcionamiento y actuación.
Respecto de la Escala de Subinspectores de Empleo y Seguridad Social, la Ley 23/2015, de 21 de julio, mantiene su regulación esencial en relación a su funcionamiento y actuación, y reconoce nuevas competencias en materias hasta ese momento reservadas a los Inspectores de Trabajo y Seguridad Social, como las relativas a la verificación del cumplimiento de la normativa en materia de contratación o de acceso al trabajo a menores de dieciséis años.
Respecto de la Escala de Subinspectores de Seguridad y Salud Laboral, al tratarse de una creación ex novo de la Ley 23/2015, de 21 de julio, en ella se establecen, además de la regulación anteriormente señalada, lo relativo al ingreso en dicha Escala, sus funciones, facultades, ámbito de actuación, forma de actuación, modalidades y medidas derivadas de la misma.
En particular, en lo relativo a las funciones de ambas Escalas del Cuerpo de Subinspectores Laborales, la ley remite al desarrollo reglamentario los concretos términos del ejercicio de las mismas, lo que exige la regulación contenida en este real decreto.
El presente real decreto no aborda un desarrollo general de la Ley 23/2015, de 21 de julio, sino que se centra en las materias arriba citadas derivadas de la creación del nuevo Cuerpo de Subinspectores Laborales, su funcionamiento y actuación. Para ello se procede a la modificación de la normativa reguladora de la organización y funcionamiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, contenida en el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 138/2000, de 4 de febrero, y a la modificación de la normativa que regula el procedimiento especial para la imposición de sanciones en el orden social, contenida en el Reglamento general sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de Orden Social y para los expedientes liquidatarios de cuotas de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo.
Este real decreto cumple con los principios de buena regulación contenidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia. De este modo, la norma persigue un interés general, en tanto que adapta la normativa reglamentaria relativa al funcionamiento, organización interna y actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, y el procedimiento sancionador específico, a la nueva configuración del Cuerpo de Subinspectores Laborales prevista en la Ley 23/2015, de 21 de julio, y posibilita el funcionamiento efectivo del nuevo Cuerpo de funcionarios, en sus dos Escalas especializadas y, más en concreto, de la Escala de Subinspectores Laborales de Seguridad y Salud, de nueva creación.
La disposición final tercera de la Ley 23/2015, de 21 de julio, autoriza al Gobierno a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo de la misma, previa consulta con las Comunidades Autónomas, lo cual se ha realizado en la fase de elaboración del presente real decreto.
En su virtud, a propuesta conjunta del Ministro de Hacienda y Función Pública y de la Ministra de Empleo y Seguridad Social, de acuerdo con el Consejo de Estado, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 29 de diciembre de 2017,
DISPONGO: