Real Decreto 1221/2009, de 17 de julio, por el que se establecen normas basicas de ordenacion de las explotaciones de ganado porcino extensivo y por el que se modifica el Real Decreto 1547/2004, de 25 de junio, por el que se establecen las normas de ordenación de las explotaciones cunícolas. - Boletín Oficial del Estado de 04-08-2009
Índice
Texto
Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 18 de Febrero de 2021
F. entrada en vigor: 05/08/2009
Órgano emisor: MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 187
F. Publicación: 04/08/2009
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
Artículo 2. Definiciones.
Artículo 3. Clasificación de las explotaciones porcinas extensivas.
Artículo 4. Condiciones mínimas de las explotaciones porcinas extensivas.
Artículo 5. Identificación de los animales.
Artículo 6. Libro de registro de explotación.
Artículo 7. Registro de explotaciones.
Artículo 8. Obligaciones de los titulares.
Artículo 9. Autorización de nuevas explotaciones, ampliación o cambio de orientación zootécnica de las explotaciones existentes.
Artículo 10. Inspección y control.
Artículo 11. Régimen sancionador.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. Única. Modificación del Real Decreto 1547/2004, de 25 de junio, por el que se establecen normas de ordenación de las explotaciones cunícolas.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Actualización del registro de las explotaciones porcinas extensivas ya establecidas.
D.T. 2ª. Adaptación de las explotaciones porcinas extensivas ya establecidas.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Título competencial.
D.F. 2ª. Facultad de modificación.
D.F. 3ª. Entrada en vigor.
ANEXO I. Enfermedades para las cuales se exige estar indemnes u oficialmente indemnes para mantener la actividad de venta de animales destinados a reproducción
ANEXO II. Contenido mínimo del libro de registro de explotación