Real Decreto 1334/2012, de 21 de septiembre, sobre las formalidades informativas exigibles a los buques mercantes que lleguen a los puertos españoles o que salgan de éstos. - Boletín Oficial del Estado de 22-09-2012
Índice
Texto
Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 17 de Febrero de 2022
F. entrada en vigor: 23/09/2012
Órgano emisor: MINISTERIO DE FOMENTO
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 229
F. Publicación: 22/09/2012
Preambulo
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
Artículo 2. Definiciones.
Artículo 3. Notificación previa a la llegada a puerto de interés general.
Artículo 4. Transmisión electrónica de datos.
Artículo 5. Intercambio de datos.
Artículo 6. Confidencialidad.
Artículo 7. Exenciones a la obligación de transmitir las formalidades informativas.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. UNICA. Presentación de las formalidades informativas en los puertos autonómicos.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA. Formalidades informativas para las mercancías peligrosas.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Título competencial.
D.F. 2ª. Facultad de desarrollo.
D.F. 3ª. Incorporación de derecho de la Unión Europea.
D.F. 4ª. Modificación del Real Decreto 210/2004, de 6 de febrero, por el que se establece un sistema de seguimiento y de información sobre el tráfico marítimo.
D.F. 5ª. Entrada en vigor.
ANEXO. Lista de formalidades informativas con base en el presente real decreto