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REAL DECRETO 1339/1999, de 31 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Comision Nacional de Energia. - Boletín Oficial del Estado de 24-08-1999

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Ambito: BOE

Estado: DEROGADO. Desde 01 de Septiembre de 2013

Órgano emisor: MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 202

F. Publicación: 24/08/1999


Derogada Completa Preambulo
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. La Comisión Nacional de Energía. Artículo 2. Régimen jurídico.
CAPÍTULO II. Objeto y funciones de la Comisión Nacional de Energía
Artículo 3. Objeto de la Comisión Nacional de Energía. Artículo 4. Funciones.
SECCIÓN 1. a FUNCIÓN DE PROPUESTA E INFORME
Artículo 5. Emisión de informe. Artículo 6. Plazos.
SECCIÓN 2. a FUNCIÓN ARBITRAL
Artículo 7. Arbitraje de la Comisión. Artículo 8. Iniciación del arbitraje. Artículo 9. Contestación. Artículo 10. Colaboración de la Administración General del Estado en la práctica de la prueba. Artículo 11. Conclusiones. Artículo 12. Mayoría necesaria para dictar el laudo. Artículo 13. Adelanto de los gastos para la práctica de las pruebas.
SECCIÓN 3. a OTRAS FUNCIONES
Artículo 14. Resolución de conflictos. Artículo 15. Formalización del derecho de acceso. Artículo 16. Conflictos sobre el derecho de acceso. Artículo 17. Emisión de circulares. Artículo 18. Autorización de participaciones.
CAPÍTULO III. Estructura de la Comisión Nacional de Energía
SECCIÓN 1. a DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN
Artículo 19. El Consejo de Administración. Artículo 20. Composición y nombramiento. Artículo 21. Régimen de funcionamiento. Artículo 22. Duración del mandato e incompatibilidades. Artículo 23. Régimen retributivo. Artículo 24. Régimen de compensación económica.
SECCIÓN 2. a DE LOS DEMÁS ÓRGANOS DE LA COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA
Artículo 25. Presidente. Artículo 25 bis. Vicepresidente. Artículo 26. Secretario. Artículo 27. Deber de sigilo.
SECCIÓN 3. a ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO
Artículo 28. Órganos de asesoramiento de la Comisión. Artículo 29. Funciones de los Consejos Consultivos. Artículo 30. Nombramiento. Artículo 31. Renovación de los Consejos. Artículo 32. Presidencia de los Consejos Consultivos. Artículo 33. Régimen de funcionamiento de los Consejos Consultivos. Artículo 34. Normas de funcionamiento. Artículo 35. Peticiones de miembros de los Consejos Consultivos. Artículo 36. Régimen de funcionamiento de las Comisiones Permanentes. Artículo 37. Asistencia a las sesiones. Artículo 38. Composición del Consejo Consultivo de Electricidad. Artículo 39. Comisión Permanente del Consejo Consultivo de Electricidad. Artículo 40. Composición del Consejo Consultivo de Hidrocarburos. Artículo 41. Comisión Permanente del Consejo Consultivo de Hidrocarburos.
CAPÍTULO IV. Personal de la Comisión Nacional de Energía
Artículo 42. Personal al servicio de la Comisión Nacional de Energía.
CAPÍTULO V. Patrimonio y presupuesto
Artículo 43. Patrimonio. Artículo 44. Presupuesto. Artículo 45. Control económico y financiero. Artículo 46. Régimen de contabilidad aplicable a la Comisión Nacional de Energía.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Consejo de Administración. D.A. 2ª. Nombramiento de los miembros del Consejo de Administración. D.A. 3ª. Consejos Consultivos. D.A. 4ª. Consejo de Seguridad Nuclear. D.A. 5ª. Procedimientos de conflicto.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Comisión Nacional del Sistema Eléctrico. D.T. 2ª. Régimen transitorio para la compensación del Consejo Consultivo de Electricidad. D.T. 3ª. Traspaso de medios. D.T. 4ª. Comisión Nacional del Sistema Eléctrico. D.T. 5ª. Consejo Consultivo de la Comisión Nacional del Sistema Eléctrico. D.T. 6ª. Ingresos de la Comisión Nacional de Energía.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Habilitación normativa. D.F. 2ª. Entrada en vigor.