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REAL DECRETO 1370/2006, de 24 de noviembre, por el que se aprueba el Plan Nacional de Asignacion de derechos de emision de gases de efecto invernadero, 2008-2012. - Boletín Oficial del Estado de 25-11-2006

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 24 de Octubre de 2009

Órgano emisor: MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 282

F. Publicación: 25/11/2006


Preambulo Artículo único. Aprobación del Plan Nacional de Asignación de derechos de emisión, 2008-2012.
DISPOSICIONES FINALES
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA. Naturaleza básica y título competencial. DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA. Habilitación para la modificación de las asignaciones sectoriales. DISPOSICIÓN FINAL TERCERA. Entrada en vigor.
PLAN NACIONAL DE ASIGNACIÓN DE DERECHOS DE EMISIÓN 2008-2012.
1. INTRODUCCIÓN. 2. RESUMEN.
3. LA CANTIDAD TOTAL DE DERECHOS QUE SE ASIGNAN.
3.A. Compromiso de España en la decisión de ratificación del Protocolo de Kioto. 3.B. Principios y datos utilizados. 3.C. Número total de derechos que se asignan. Senda de cumplimiento. 3.D. Medidas para los sectores no cubiertos por la Ley 1/2005. Tabla 1: Serie histórica de emisiones de CO2 procedentes de sectores difusos. 3.D.a. Medidas horizontales. Tabla 2: Resumen de los indicadores relevantes del Plan de Acción 2005-20074.
Tabla 3: Objetivos del Plan de Energías Renovables y situación en el año 2004.
3.D.b. Evolución de las emisiones de GEI procedentes de los sectores difusos. 3.D.c. Sector del transporte. 3.D.d. Sectores residencial, comercial e institucional. 3.D.e. Sector agrario. 3.D.f. Gestión de los residuos. 3.D.g. Gases fluorados. 3.E. Uso previsto de los mecanismos flexibles.
3.F. Absorción por sumideros.
3.F.a. Introducción. 3.F.b. Las actividades de uso de la tierra, cambio de uso de la tierra y selvicultura en España. 3.F.c. Potencial de absorción de los sumideros españoles en el periodo 2008-2012. 3.F.d. Utilización de las actividades de uso de la tierra, cambio de uso de la tierra y selvicultura para el cumplimiento de los compromisos adquiridos en el ámbito del Protocolo de Kioto por España. 3.G. Consideración de la política energética. 3.H. Garantía de que no se expiden más derechos de los que resultan de la aplicación estricta de los criterios de asignación y coherencia con la Decisión 280/2004/CE. 3.I. Subasta de derechos de emisión. 4. REPARTO DE DERECHOS POR ACTIVIDADES.
Tabla 4: Reparto de derechos por tipo de actividad.
4.A. Metodología empleada.
4.A.a. Generación de energía eléctrica de servicio público: epígrafe 1.a de la Ley 1/2005. 4.A.b. Cogeneración: epígrafe 1.b de la Ley 1/2005. 4.A.c. Otra combustión: epígrafe 1.c de la Ley 1/2005. 4.A.d. Refinerías de hidrocarburos: epígrafe 2 de la Ley 1/2005. 4.A.e. Sectores industriales: epígrafes 3 a 9 del anexo I de la Ley 1/2005. 4.B. Potencial de reducción. 4.C. Instrumentos y normativa Comunitaria considerados. 4.D. Inclusión unilateral de actividades y gases adicionales.
5. ASIGNACIÓN DE DERECHOS A CADA INSTALACIÓN.
5.A. Procedimiento para la asignación de derechos a cada instalación.
5.B. Metodología de asignación: sector eléctrico.
5.B.a. Instalaciones existentes. 5.C. Metodología de asignación: instalaciones del epígrafe 1.b de la Ley 1/2005. 5.C.a. Instalaciones existentes. 5.C.b. Nuevos entrantes en el periodo 2008-2012. 5.D. Metodología de asignación: instalaciones del epígrafe 1.c de la Ley 1/2005. 5.D.a. Instalaciones existentes. 5.D.b. Nuevos entrantes en el periodo 2008-2012.
5.E. Metodología de asignación: refinerías de hidrocarburos.
5.E.a. Instalaciones existentes. 5.E.b. Nuevos entrantes en el periodo 2008-2012.
5.F. Metodología de asignación: epígrafes 3 a 9 de la Ley.
5.F.a. Instalaciones existentes. 5.F.b. Nuevos entrantes en el periodo 2008-2012. 5.G. Directrices utilizadas en relación con la estimación de emisiones.
VI. ASPECTOS TÉCNICOS.
6.A. Potencial de reducción: metodología y resultados. 6.A.a. Generación eléctrica. Tabla 5: Estructura de generación (% sobre total generación bruta) Tabla 6: Intercambio Internacional vs. Demanda energética española (con signo negativo las exportaciones)19 6.A.b. Cogeneración. 6.A.c. Refinerías de hidrocarburos. Tabla 7: Especificación de combustibles según la normativa aplicable. 6.A.d. Siderurgia. 6.A.e. Cemento. 6.A.f. Cal. Tabla 8: Comparación de consumos energéticos actuales con MTD's. 6.A.g. Vidrio. 6.A.h. Fritas. 6.A.i. Ladrillos y Tejas. 6.A.j. Azulejos y Baldosas. Tabla 9: Emisiones específicas en el sector de azulejos y baldosas. 6.A.k. Pasta y Papel. 6.B. Acción temprana. 6.C. Tecnologías limpias.
7. OTROS ELEMENTOS DEL PLAN.
7.A. Agrupación de instalaciones. 7.B. Reserva. 7.C. Nuevos entrantes. 7.D. Normativa comunitaria considerada.
8. PROCEDIMIENTO DE INFORMACIÓN PÚBLICA.
8.A. Fase previa a la elaboración del borrador de Plan.
8.A.a. Reuniones sectoriales. 8.A.b. Consulta pública.
8.B. Fase posterior a la elaboración del borrador de Plan.
8.B.a. Consulta pública y distribución del borrador. 8.B.b. Comentarios recibidos y consideración de los mismos. 8.C. Seguimiento del Plan - las mesas de diálogo social.
9. OTROS CRITERIOS DE ASIGNACIÓN.
9.A. Utilización de criterios no recogidos en el Anexo III de la Directiva.