REAL DECRETO 1578/2008, de 26 de septiembre, de retribucion de la actividad de produccion de energia electrica mediante tecnologia solar fotovoltaica para instalaciones posteriores a la fecha limite de mantenimiento de la retribucion del Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo, para dicha tecnologia. - Boletín Oficial del Estado de 27-09-2008
Índice
Texto
Ambito: BOE
Estado: DEROGADO. Desde 14 de Julio de 2013
Órgano emisor: MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 234
F. Publicación: 27/09/2008
Preambulo
CAPÍTULO I. Objeto y ámbito de aplicación
Artículo 1. Objeto.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Artículo 3. Tipología de las instalaciones.
CAPÍTULO II. Registro de preasignación de retribución
Artículo 4. Registro de preasignación de retribución.
Artículo 5. Cupos de potencia.
Artículo 6. Procedimiento de inclusión en el Registro de preasignación de retribución.
Artículo 7. Publicidad del resultado del procedimiento de preasignación de retribución.
Artículo 8. Cancelación de la inscripción en el Registro de preasignación de retribución.
Artículo 9. Aval.
Artículo 10. Potencia de los proyectos.
CAPÍTULO III. Régimen económico
Artículo 11. Tarifas.
Artículo 12. Actualización de las tarifas.
CAPÍTULO IV. Requisitos técnicos y de calidad
Artículo 13. Establecimiento de requisitos técnicos y de calidad a las instalaciones.
CAPÍTULO V. Inspección
Artículo 14. Inspección de las instalaciones fotovoltaicas.
CAPÍTULO VI. Régimen sancionador
Artículo 15. Régimen sancionador.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Simplificación de procedimientos.
D.A. 2ª. Comienzo de la venta de electricidad dentro del periodo de mantenimiento de la retribución.
D.A. 3ª. Devolución del aval contemplado en los artículos 59 bis y 66 bis del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
D.A. 4ª. Referencias catastrales en Navarra y el País Vasco.
D.A. 5ª. Modificación de la retribución de la actividad de producción mediante tecnología fotovoltaica.
D.A. 6ª. Aplicación de tarifas de acceso a contratos de temporada de duración inferior o igual a cinco meses.
D.A. 7ª. Periodicidad de la facturación y lectura de las tarifas domésticas.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA. Cupo de potencia adicional extraordinario para las convocatorias de los años 2009 y 2010.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación del Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial.
D.F. 2ª. Desarrollo normativo y modificaciones del contenido de los anexos.
D.F. 3ª. Carácter básico.
D.F. 4ª. Entrada en vigor.
ANEXO I. Solicitud inscripción en el registro de preasignación
ANEXO II. Documentación necesaria para la solicitud de inscripción en el registro de preasignación de retribución
ANEXO III. Convocatorias y plazos de presentación de solicitudes para la inscripción en el registro de preasignación de retribución
ANEXO IV. Mecanismo de traspaso de potencia sobre la potencia base