Real Decreto 159/2021, de 16 de marzo, por el que se regulan los servicios de auxilio en las vías públicas. - Boletín Oficial del Estado de 17-03-2021
Índice
Texto
Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 22 de Diciembre de 2022
F. entrada en vigor: 01/07/2021
Órgano emisor: MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRATICA
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 65
F. Publicación: 17/03/2021
Artículo 1. Objeto.
Artículo 2. Definiciones.
Artículo 3. Ámbito de aplicación.
Artículo 4. Operación de auxilio.
Artículo 5. Vehículos de auxilio.
Artículo 6. Condiciones de circulación.
Artículo 7. Operarios de auxilio en vías públicas.
Artículo 8. Actuaciones de auxilio.
Artículo 9. Condiciones de la retirada y depósito de vehículos.
Artículo 10. Creación del Registro Estatal de Auxilio en Vías Públicas.
Artículo 11. Objeto y finalidad del Registro Estatal de Auxilio en Vías Públicas
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Tratamientos de datos de carácter personal.
D.A. 2ª. Vehículos inscritos en el Registro de Vehículos.
D.A. 3ª. No incremento del gasto público en materia de personal.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Uso de la señal V-16 «Preseñalización de peligro», conforme al modelo previsto en el anexo XI del Reglamento General de Vehículos antes de la entrada en vigor de este real decreto.
D.T. 2ª. Uso de la señal V-24 «Grúa de servicio de auxilio en vías públicas», conforme al modelo previsto en el anexo XI del Reglamento General de Vehículos antes de la entrada en vigor de este real decreto.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación del Reglamento General de Circulación aprobado por Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre.
D.F. 2ª. Modificación del Reglamento General de Vehículos aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.
D.F. 3ª. Protocolo y formato de conexión con el punto de acceso nacional de tráfico y movilidad.
D.F. 4ª. Habilitación competencial.
D.F. 5ª. Desarrollo normativo.
D.F. 6ª. Incorporación de derecho de la Unión Europea.
D.F. 7ª. Entrada en vigor.