Real Decreto 189/2013, de 15 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación. - Boletín Oficial del Estado de 21-03-2013
Índice
Texto
Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 22 de Marzo de 2013
F. entrada en vigor: 22/03/2013
Órgano emisor: MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 69
F. Publicación: 21/03/2013
Preambulo
Artículo primero. Modificación del Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad.
Artículo segundo. Modificación de los reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad de las correspondientes familias profesionales, que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad, publicados en ...
Artículo tercero. Modificación de los reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad de las correspondientes familias profesionales, que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad, publicados en ...
Artículo cuarto. Modificación de los reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad de las correspondientes familias profesionales, que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad, publicados en e...
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Acciones formativas dirigidas a la formación profesional para el empleo de las personas en situación de privación de libertad.
D.A. 2ª. Impartición de la formación vinculada a los certificados de profesionalidad a través del programa Aula Mentor del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA. Acreditación de la competencia docente.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación del Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo.
D.F. 2ª. Título competencial.
D.F. 3ª. Facultades de desarrollo y ejecución.
D.F. 4ª. Entrada en vigor.
ANEXO I
ANEXO II