Legislación
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Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto. - Boletín Oficial del Estado de 11-04-2006

Tiempo de lectura: 7 min

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 11 de Octubre de 2006

F. entrada en vigor: 11/10/2006

Órgano emisor: MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 86

F. Publicación: 11/04/2006

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Definiciones. Artículo 3. Ámbito de aplicación.
CAPÍTULO II. Obligaciones del empresario
Artículo 4. Límite de exposición y prohibiciones. Artículo 5. Evaluación y control del ambiente de trabajo. Artículo 6. Medidas técnicas generales de prevención. Artículo 7. Medidas organizativas. Artículo 8. Equipos de protección individual de las vías respiratorias. Artículo 9. Medidas de higiene personal y de protección individual. Artículo 10. Disposiciones específicas para determinadas actividades. Artículo 11. Planes de trabajo. Artículo 12. Tramitación de planes de trabajo. Artículo 13. Formación de los trabajadores. Artículo 14. Información de los trabajadores. Artículo 15. Consulta y participación de los trabajadores. Artículo 16. Vigilancia de la salud de los trabajadores.
CAPÍTULO III. Disposiciones varias
Artículo 17. Obligación de inscripción en el Registro de empresas con riesgo por amianto. Artículo 18. Registros de datos y archivo de documentación. Artículo 19. Tratamiento de datos.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Transmisión de información al Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. D.A. 2ª. Elaboración y actualización de la Guía Técnica.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Datos archivados antes de la entrada en vigor de este real decreto. D.T. 2ª Empresas inscritas en el RERA en el momento de entrada en vigor de este real decreto.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Alcance de la derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Título competencial. D.F. 2ª. Incorporación de derecho de la Unión Europea. D.F. 3ª. Facultades de aplicación y desarrollo. D.F. 4ª. Entrada en vigor. ANEXO I. Requisitos para la toma de muestras y el análisis (recuento de fibras) ANEXO II. Reconocimiento de la capacidad técnica de los laboratorios especializados en el análisis (recuento) de fibras de amianto ANEXO III. Registro de empresas con riesgo por amianto (RERA) ANEXO IV. Ficha para el registro de datos de la evaluación de la exposición en los trabajos con amianto ANEXO V. Ficha de vigilancia de la salud de los trabajadores expuestos a amianto