Real Decreto 401/2021, de 8 de junio, por el que se aprueban las medidas necesarias para que las comunidades autónomas puedan utilizar los recursos del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, a fin de hacer frente a las compensaciones que procedan, y por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento de la compensación a los propietarios y arrendadores a que se refieren los artículos 1 y 1 bis del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19. - Boletín Oficial del Estado de 09-06-2021
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Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 30 de Enero de 2025
F. entrada en vigor: 10/06/2021
Órgano emisor: MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 137
F. Publicación: 09/06/2021
Atención: Norma en revisión. Modificaciones pendientes por integrar en el refundido
Artículo 1. Objeto.
Artículo 2. Requisitos para que las comunidades autónomas puedan utilizar los recursos del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 para las compensaciones a arrendadores o propietarios previstas en el Real Decreto-ley 37/2020, de 22 de diciembre.
Artículo 3. Procedimiento para la presentación, tramitación y resolución de solicitudes formuladas por los arrendadores o propietarios de las viviendas afectadas.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. Única. Utilización de los recursos del Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Régimen específico de financiación de las compensaciones en la Comunidad Foral de Navarra y en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
D.F. 2ª. Título competencial.
D.F. 3ª. Entrada en vigor.
