Real Decreto 645/2011, de 9 de mayo, por el que se establecencinco certificados de profesionalidad de la familia profesionalAdministración y gestión que se incluyen en elRepertorio Nacional de certificados de profesionalidad y seactualizan los certificados de profesionalidad establecidos en elReal Decreto 1210/2009, de 17 de julio. - Boletín Oficial del Estado de 08-06-2011
Índice
Texto
Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 22 de Marzo de 2013
F. entrada en vigor: 09/06/2011
Órgano emisor: MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACION
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 136
F. Publicación: 08/06/2011
Preambulo
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
Artículo 2. Certificados de profesionalidad que se establecen.
Artículo 3. Estructura y contenido.
Artículo 4. Requisitos de acceso a la formación de los certificados de profesionalidad.
Artículo 5. Formadores.
Artículo 6. Contratos para la formación y el aprendizaje.
Artículo 7. Formación mediante teleformación.
Artículo 8. Centros autorizados para su impartición.
Artículo 9. Correspondencia con los títulos de formación profesional.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Nivel del certificado de profesionalidad en el marco europeo de cualificaciones.
D.A. 2ª. Equivalencias con certificados de profesionalidad anteriores.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Modificación de planes de formación y acciones formativas.
D.T. 2ª. Baja en el Fichero de Especialidades.
D.T. 3ª. Solicitud de expedición de los certificados de profesionalidad derogados.
D.T. 4ª. Acreditación provisional de centros.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Título competencial.
D.F. 2ª. Actualización de los certificados de profesionalidad establecidos en el Real Decreto 1210/2009, de 17 de julio, por el que se establecen cinco certificados de profesionalidad de la familia profesional Administración y gestión que se incluyen e...
D.F. 3ª. Desarrollo normativo.
D.F. 4ª. Entrada en vigor.
ANEXO I
ANEXO II
ANEXO III
ANEXO IV
ANEXO V